VIATICOS
Ord. Nº 54 – RN – 1974 . Adopta para la Universidad, las normas contenidas en el decreto Nº 1343/74 del PEN sobre “Viáticos”, “Reintegro de gastos”, “Movilidad, “Indemnización por traslado”, “Indemnización por fallecimiento”, “Servicios Extraordinarios”, “Gastos de comida” y “Órdenes de pasaje y carga”, las cuales en lo pertinente y como parte integrante de la Ordenanza, constituyen el Texto Ordenado (Art. 1º ). Deroga las Ords. Nº 8-R-72 y 21-HCS-72 (Art. 2º). Modificada por Ord. Nº 2-R-79.
Ord. N° 2 – R – 1979 – Adopta las disposiciones del Decreto N° 93/1979, modificatorio del Decreto 1343/74, sobre Régimen de Viáticos, Indemnizaciones, Servicios Extraordinarios, Gastos de Comida y Órdenes de Pasaje y Carga para el Personal de la Administración Pública Nacional (Art. 1º ). Modifica en la parte pertinente, la Ord. Nº 54/74 (Art. 2º ).
Ord. Nº 75 – R – 2005. Fija, en forma transitoria, un viático mínimo de CIEN PESOS ($ 100,00) a partir del VEINTIUNO (21) de noviembre de 2005 y hasta que concluya el análisis de la ordenanza general de viáticos tramitada en Expte. Nº 1-206/2004. (Art. 1º ).

VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN EL PREDIO UNIVERSITARIO
Resol. Nº 854 – R – 1976. Crea el Servicio de Seguridad, con dependencia directa del Rectorado, para el cumpl imiento de las funciones de policía de seguridad dentro de la jurisdicción del Centro Universitario.
Resolución N° 277 – R – 2003 . Aprueba Convenio Marco de Colaboración Mutua para suscribir entre la Universidad y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, con el objeto de adecuar la seguridad en el predio universitario.
Ord. N° 98 – CS – 2003 . Crea el Consejo de Seguridad de la Universidad, integrado por un Consejo Asesor y un Comité Ejecutivo, “a fin de generar un espacio de discusión y ejecución de medidas atinentes a mejorar las condiciones de seguridad del campus universitario y dependencias de la Institución” (Art.1°). Se determina quienes integran esos organismos y se establecen sus funciones y tareas.
Resol. N° 431 – CS – 2003 . Se designa a los miembros del Consejo Asesor y del Comité Ejecutivo que integrarán el Consejo de Seguridad de la Universidad, creado por Ord. N° 98 – CS – 2003.
Ord. N° 23 – CS – 2003 . Se constituye a partir del 01 de setiembre 2003 una “Comisión de Seguridad”, integrada por docentes, graduados y alumnos de la Universidad Nacional de Cuyo para atender la problemática de la inseguridad (Art.1°). Se designan coordinadores de la Comisión (Art.2°).
Resol. N° 853 – R –2003 . Se designa a los integrantes de la Comisión de Seguridad constituida por Ord. N° 23-R-03. Se señala que esta Comisión es “complementaria del Consejo Asesor Permanente (Ord. N° 74-CS-02). Son “responsables de la investigaci&o acute;n documental y elaboración de propuestas de acción que coadyuven a paliar la situación de inseguridad en la Provincia de Mendoza” (Por Res. N° 1103-R-2003, se modifica el Art. 1° de la Res. N° 853-R-03).
Resol. N° 1045 – R – 2003 . Aprueba el Convenio Marco de Colaboración Mutua por suscribirse entre la Universidad y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, el cual tiene por objeto lograr la adecuación de la seguridad en el predio universitario y otros edificios de la institución. La duración comprende entre el 01/01/04 y el 31/03/04.
Resol. Nº 865 – R – 2004 . Aprueba el Convenio Marco de Colaboración Mutua por suscribirse entre esta Universidad y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, el cual tiene por objeto lograr la adecuación de la seguridad en el predio universitario y en otros edificios de esta Casa de Estudios a las reales necesidades de la misma. Se acompaña Anexo (Art.1º ).
Resol. Nº 38 – R – 2005 . Aprueba el Convenio Marco de Colaboración Mutua por suscribirse entre esta Universidad y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, el cual tiene por objeto lograr la adecuación de la seguridad en el predio universitario y en otros edificios de esta Casa de Estudios a las reales necesidades de la misma. Se acompaña Anexo (Art.1º ).
Resol. Nº 1055 – R – 2005. Aprueba el Convenio Marco de Colaboración Mutua por suscribirse entre esta Universidad y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la
Provincia de Mendo za, el cual tiene por objeto lograr la adecuación de la seguridad en el predio universitario y en otros edificios de esta Casa de Estudios a las reales necesidades de la misma, cuyo texto obra en Anexo I de la resolución (Art. 1º ).
Circ. Nº 44 – SA – 2005
. Se solicita en relación a eventos que se llevan a cabo en la Universidad, sobre todo fuera de los días y horarios habituales, se informe con la debida anticipación a la Dirección General Administrativa del Rectorado a efectos de tomar los recaudos necesarios en lo que respecta a seguridad
Resol. 469 – R – 2005. Aprueba el Convenio Marco de Colaboración Mutua por suscribirse
entre esta Universidad y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, el cual tiene por objeto lograr la adecuación de la seguridad en el predio universitario y en otros edificios de esta Casa de Estudios a las reales necesidades de la misma y cuyo texto obra en Anexo (Art. 1°).
Resol. N° 312 – R – 2006 . Aprueba el Convenio Marco de Colaboración Mutua por suscribirse entre esta Universidad y el Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, el cual tiene por objeto lograr la adecuación de la seguridad en el predio universitario y en otros edificios de esta Casa de Estudios a las reales necesidades de la misma, cuyo texto obra en Anexo I de la presente resolución que consta de SEIS (6) hojas (Art. 1° ).

VINCULACIÓN Y TERRITORIALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO
Ord. Nº 30 – CS – 2005. Crea el Á REA DE VINCULACIÓN Y TERRITORIALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO, dependiente del Vicerrectorado y aprueba la Estructura Orgánico-Funcional (Art. 1º ). Trae Anexo I.
Se menciona que es “imprescindible dotar a la Universidad de un Área de Gestión de procesos de Vinculación Universitaria, con dependencia jerárquica del Vicerrectorado, cuyo propósito es el encuentro con otros sectores, en relación de pares sociales, con un propósito mutuo de enriquecimiento” (de un Considerando).
En el Anexo se expresa como Acciones para el Área:
“Es responsable de la ejecución de los distintos programas formulados por el Área. Incluye,
con la participación de docentes investigadores, graduados y pasantes alumnos y, en adición a actividades realizadas desde las Facultades: como Incubadora de Empresas, Recuperación de Empresas, desarrollo de Parques Tecnológicos y vinculación con instituciones como el Instituto de Desarrollo Industrial, Tecnológico y de Servicios –IDITS–, la Fundación PYMET y una Sociedad de Garantías Recíprocas.
También apunta hacia otros modos de producción con modelos descentralizados y dispersos, que tiendan a formar y/o consolidar redes y sean menos antagónicos con el ambiente”.
Resol. Nº 102 – CS – 2005. Incluye en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CD-04, por la cual se creó en el ámbito de esta Casa de Estudios un incentivo a la investigación, la innovación, el desarrollo, la extensión, la transferencia y al asesoramiento t& eacute;cnico, entre otros, para el personal docente y no docente de esta Universidad, cualquiera sea la categoría o nivel educativo en el que se desempeñe, el Proyecto de participación de la Universidad Nacional de Cuyo en la Sociedad de Garantía Recíproca “CUYO AVAL S.G.R.”, que como Anexo I con TRES (3) hojas forma parte de la presente resolución (Art. 1º ).
Asigna al Cont. Eduardo Miguel JARDEL (M.I. N° 5.273.905), docente de la Facultad de Ciencias Económicas, en su carácter de representante de esta Universidad para que actúe en todos aquellos efectos que demande la constitución de la Sociedad de Garantía Recíproca
“CUYO AVAL – S.G.R.” y a las alternativas de funcionamiento de la misma, un incentivo de seiscientos pesos ($ 600,00) mensuales a partir del uno (1) de enero hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2005, en el marco de la Ordenanza N° 36-CS-04. (Art. 2°).
Resol. Nº 324 – Vrect A/C – 2005. Aprueba el Contrato de Apoyo, “Etapa de Pre Incubación y Reglamento Interno para el Funcionamiento del Proyecto “Incubadora de Empresas y Parque Tecnológico”, dentro del Area de Vinculación Productiva de la Universidad. Trae Anexo (Art. 1º ).
Resol. Nº 118 – CS –2005. Ratifica la Resol. Nº 324–R–2005, dictada ad referéndum del Consejo, por la cual se aprueba el Contrato de Apoyo, “ETAPA DE PRE INCUBACIÓN Y REGLAMENTO INTERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO “INCUBADORA DE EMPRESAS Y PARQUE TECNOLÓGICO”, dentro del Area de Vinculación Productiva de la Universidad (Art.1&ord m; ).
Resol. Nº 332 – CS – 2005. Se incluye al Area de Vinculación y Territorialización de la Universidad , en el Programa de Incentivos aprobado por Ord. Nº 36–CS–04.
Resol. Nº 545 – CS – 2005. Otorga, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2005, a favor del Ing. Fernando Roberto FREIRE (M.I. N° 8.031.799 – Legajo N1 19.480)), en cumplimiento de sus funciones como Coordinador del Área Sur de la Provincia de Mendoza del Programa de Territorialización de esta Casa de Estudios, el Adicional por "Carácter Crítico de la Función" de UN MIL PESOS ($ 1.000,00) mensuales, de carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos, en el marco de lo establecido por la Ordenanza Nº 7–CS– 95. y en el Anexo I de la Resolución Nº 470–R–95, ratificada por Resolución Nº 156–CS–95 (Art. 1° ).
Resol. Nº 661 – R – 2005. Designa, a partir del UNO (1) de mayo de 2005, al Prof. Adolfo Manuel ARIZA (M.I. Nº 8.150.244 – Legajo Nº 11.784) para desempeñarse como Coordinador del Área de Gestión con funciones en el Subprograma Vinculación del Área de Vinculación y Territorialización de la Universidad Nacional de Cuyo dependiente del Vicerrectorado de esta Casa de Estudios, creada por Ordenanza N° 30–CS–2005 (Art. 1º)
Las funciones a las que se hace referencia en el artículo precedente serán remuneradas con un cargo de Coordinador del Área de Gestión Universidad Categoría B, con dedicación de tiempo completo, según lo establecido por el Anexo I de la Ordenanza N° 84 – CS – 2004 (Art. 2º ).
Resol. Nº 762 – R – 2005. Designa, a partir del UNO (1) de junio de 2005, a la Prof. María Amelia LAMENÁ (M.I. Nº 5.723.357 – Legajo Nº 18.748) para cumplir funciones de Coordinadora del Área de Gestión con funciones en el Subprograma de Territorialización del Área de Vinculación y Territorialización de la Universidad Nacional de Cuyo dependiente del Vicerrectorado de esta Casa de Estudios, creada por Ordenanza Nº 30–CS – 2005 (Art. 1º )
Las funciones a las que se hace referencia en el artículo precedente serán remuneradas con un cargo de Coordinador del Área de Gestión Facultad Categoría A, con dedicación de tiempo parcial, según lo establecido por el Anexo I de la Ordenanza N° 84–CS–2004 (Art. 2º ).
Resol. Nº 1139 – R – 2005. Asigna un subsidio por la suma de cuatro mil cuatrocientos pesos ($ 4.400), a la Fundación de la Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), en concepto de apoyo económico a las actividades de coordinación desarrolladas por el Programa de Incubación de Empresas, entre los meses de julio y noviembre de 2005, encomendadas por el Área de Gestión - Subprograma Vinculación del Área de Vinculación y Territorialización, dependiente del Vicerrectorado de esta Casa de Estudios. (Art. 1°).
Resol. N° 1371 – R – 2005. Designa, desde el uno (1) de agosto de 2005, al Ing. Dante Guillermo BRAGONI (C.U.I.L. N° 20-10564019-7 – L egajo N° 13.002) , como COORDINADOR DE ÁREA DE GESTIÓN, a cargo del desarrollo e institucionalización del Instituto de Energía, del Área de Vinculación y Territorialización de la Universidad Nacional de Cuyo, dependiente del Vicerrectorado de esta Casa de Estudios, creada por Ordenanza Nº 30-CS-2005 (Art. 1°).
Las funciones a las que se hace referencia en el artículo precedente serán remuneradas con un cargo de Coordinador de Área de Gestión Facultad Categoría C, con dedicación de tiempo completo, según lo establecido por el Anexo I de la Ordenanza N° 84-CS-2004 y su modificatoria Ordenanza N° 31–R–05, ratificada por Resol. N°513–CS–2005 (Art. 2°).
Resol. Nº 69 – R – 2006. Da por asignado un subsidio, con cargo de rendir cuentas, por la suma de Siete Mil Quinientos Pesos ($7.500) a favor de la Fundación de la Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), para dar apoyo económico a las actividades de coordinación desarrolladas por el Programa de Incubación de Empresas del Área de Vinculación y Territorialización de la Universidad , entre febrero y junio de 2005 (Art. 1º ).
Resol. Nº 71 – R – 2006. Da por autorizado el pago de la suma total de SETECIENTOS PESOS ($ 700.-) correspondiente al período comprendido entre los meses de mayo y junio de 2005, a favor de la Lic. Mariela Silvana FIORETTI (M.I. N° 24.925.504 – Legajo N° 26.991), quien se desempeña como Coordinadora del Área de Gestión para cumplir tareas de asesoría técnica en el Programa de Desarrollo Local del Área de Gesti&oa cute;n con funciones en el Subprograma Vinculación del Área de Vinculación y Territorialización dependiente del Vicerrectorado de la Universidad Nacional de Cuyo, designada por Resolución Nº 1339 –R–2005 (Art. 1° ).
Resol. Nº 100 – R – 2006. Asigna, a favor de los profesionales que se mencionan, y que integran el Equipo de Tutores del Programa Incubadora de Empresas y Parques Tecnológicos de la Universidad Nacional de Cuyo, un incentivo por el monto total de DOS MIL SETECIENTOS PESOS ($ 2.700,00), en tres cuotas de TRESCIENTOS PESOS ($ 300.-) para cada uno, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2006, en el marco de la Resolución Nº 332–CS–2005 por la cual dicho Programa fue incluido en los alcances de la Ordenanza Nº 36–CS–2004 (Art. 1° ).
Resol. Nº 101 – R – 2006. Asigna al Cont. Eduardo Miguel JARDEL (M.I. N° 5.273.905), docente de la Facultad de Ciencias Económicas, quien cumple actividades en el Programa de desarrollo de la Sociedad de Garantías Recíprocas “Cuyo Aval – S.G.R.”, del que la Universidad Nacional de Cuyo forma parte., un incentivo de SEISCIENTOS PESOS ($ 600,00) mensuales a partir del UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2006, en el marco de la Ordenanza N° 36–CS–2004, según lo determinado por Resolución Nº 102–CS–2005, contra la presentación de informe de las actividades desarrolladas (Art. 1° ).
Resol. Nº 211 – R – 2006. Otorga a la Ing. Liliana Estela Martínez (M.I. Nº 14.677.044) Profesora Adjunta con dedicación exc lusiva en la Facultad de Ciencias Agrarias, a partir del Uno (1) de enero y hasta el Treinta y Uno (31) de marzo de 2006, el Adicional por “Carácter Crítico de la Función” de Doscientos Pesos ($ 200,00) mensuales, de carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos, en el marco de lo establecido por la Ordenanza Nº 7–CS–95 y en el Anexo I de la Resolución Nº 470–R–95, ratificada por Resolución Nº 156–CS–95, para desempeñar tareas de apoyo en el Programa de Incubadora de Empresas y Parque Tecnológico del Área de Vinculación Productiva dependiente del Vicerrectorado de la Universidad Nacional de Cuyo (Art. 1° ).
Resol. Nº 301 – R – 2006. Otorga, a partir del UNO (1) de enero y hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2006, el Adicional por "Carácter Crítico de la Función", a razón de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00) mensuales, a favor del Ing. Fernando SOLANES (M.I. Nº 7.647.957), con carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos, en el marco de lo establecido por la Ordenanza Nº 7–CS–95 y en el Anexo I de la Resolución Nº 470–R–95, ratificada por Resolución Nº 156–CS–95, para realizar las tareas de asesoría técnica en el Programa de Incubadora de Empresas y Parques Tecnológicos, del Área de Vinculación Productiva dependiente del Vicerrectorado (Art. 1°).
Resol. Nº 302 – R – 2006. Otorga, a partir del UNO (1) de enero y hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2006, el Adicional por "Carácter Cr& iacute;tico de la Función", a razón de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00) mensuales, a favor de la Ing. Liliana Estela MARTÍNEZ (M.I. Nº 14.677.044), con carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos, en el marco de lo establecido por la Ordenanza Nº 7–CS–95 y en el Anexo I de la Resolución Nº 470–R–95, ratificada por Resolución Nº 156–CS–95, para realizar las tareas de apoyo en el Programa de Incubadora de Empresas y Parques Tecnológicos, del Área de Vinculación Productiva dependiente del Vicerrectorado.
Resol. Nº 303 – R – 2006 . Otorga el Adicional por “Carácter Crítico de la Función”, desde el UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2006, a razón de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00) mensuales, a favor del Lic. Juan Pablo BUSTOS (M.I. N° 24.486.468 – Legajo N° 26.431), con funciones de Coordinador en el Área de Gestión, asignadas mediante Resolución N° 1659–R–2005, para realizar las tareas de Preincubación del Programa de Incubadora de Empresas y Parques Tecnológicos, dependiente del Área de Vinculación y Territorialización del Vicerrectorado de esta Casa de Estudios, de carácter remunerativo, no bonificable y acumulable a otros incentivos, en el marco de lo establecido por Ordenanza Nº 7–CS–95 y en el Anexo I de la Resolución Nº 470–R–95, ratificada por Resolución Nº 156–CS–95 (Art. 1º ).
Resol. Nº 309 – R – 2006 . Designa, a partir del UNO (1) de abril de 2006, al Lic. Juan Pablo BUSTOS (M.I. Nº 24.486.468) para desempeñarse como Coordinador del Área de Gestión con funciones en el Programa de Incubadora de Empresas y Parques Tecnológicos del Área de Vinculación y Territorialización de la Universidad Nacional de Cuyo dependiente del Vicerrectorado de esta Casa de Estudios, creada por Ordenanza N° 30–CS -2005, designación condicionada a la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con lo informado en fs. 6 por Dirección General de Presupuesto, dependiente de Secretaría Económico-Financiera del Rectorado (Art. 1°).
Las funciones a las que se hace referencia en el artículo precedente serán remuneradas con
un cargo de Coordinador del Área de Gestión Facultad Categoría E, con dedicación de tiempo completo, según lo establecido por el Anexo I de la Ordenanza N° 84–CS–2004 (Art. 2° ).