PAGO DE ESTÍMULOS A LA DEDICACIÓN DOCENTE UNIVERSITARIA
Resol. Nº 609 – R – 2004. Dispone el pago de estímulos a la dedicación docente universitaria, según grilla adjunta en Anexo, para todo el personal que revista en las plantas de docentes universitarios de la Universidad de Cuyo, desde el mes de julio y hasta el 31 de diciembre de 2004 según los importes mensuales que obran en el referido Anexo, con la excepción de los artículos siguientes (Art.1º).
Se dispone también el pago de “estímulo a la dedicación artístico-cultural universitaria” , por un valor mensual de PESOS CIENTO VEINTE ($ 120) por agente, para todo el personal que revista en las plantas de organismos artísticos y culturales de esta Casa de Estudios, desde el mes de julio y hasta el 31 de diciembre de 2004 o hasta que se produzca la reestructuración salarial del sector; lo que ocurra con anterioridad (Art.2º ).
Para todos los cargos docentes secundarios que revistan en las instituciones de nivel preuniversitario se dispone el pago de un estímulo complementario al ya otorgado por Resol. Nº 200–CS–2004 (Ver esa Norma en “Paritarias”), por un valor mensual de PESOS QUINCE ($ 15), en el mismo período que los anteriores artículos y con la salvedad de la última parte del Art.2º (Art.3º ).
Se establece que las sumas dispuestas en artículos anteriores tienen el carácter de complementarias, no permanentes, no remunerativas ni bonificables (Art.4º ).
Por Art. 5º s e dispone la asignación de un adicional remunerativo, no bonificable, que sustituye al adicional determinado por el Dec.1610/93, con características que se especifican. El Art.6º define procedimiento para la asignación de este adicional. Resolución
Prorrogada por Resol. Nº 60-Rect Ad Ref-05.
Resol. Nº 209 – CS – 2004. Ratifica Resol. Nº 609-R-2004.
Resol. Nº 327 – CS – 2004 . Agrega, en la grilla establecida en el Anexo I del Art. 1º de la Resol. Nº 609–R–2004, a personal Docente Nivel Superior 12 hs ; Docentes designados en cargos de Enseñanza Media, que presten servicios en unidades académicas no relacionadas a la enseñanza preuniversitaria (Art.1º ).
Resol. Nº 543 – CS – 2004. Aprueba el Proyecto presentado por la Facultad de Educación Elemental y Especial sobre un reconocimiento especial para el personal que se desempeña como Maestro de Grado, Maestro de Jardín de Infantes o Maestro Especial del Departamento de Aplicación Escuela “Carmen Vera Arenas”, que consiste en equiparar al personal docente de EGB1 y EGB2 al de EGB3, en el sentido que perciban los estímulos de la dedicación docente establecidos en las Resoluciones Nº 200–CS–2004 y 609–R–2004, como horas docentes en lugar de cargos, y de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I (Art. 1º ).
Resol. Nº 60 – Rect Ad Ref– 2005. Prorroga desde el UNO (l) de enero y hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2005, el régimen de estímulos al personal docente, de organismos artísticos y de apoyo académico de esta Casa de Estudios, de acuerdo con el detalle que en cada caso se indica (Art. l°). (Referencia: Resol. Nº 609-R-04).
Prorroga, desde el UNO (l) de enero y hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2005, la asignación de un adicional remunerativo no bonificable, que sustituye al adicional otorgado por Decreto 1610/93, con las siguientes características:
1- Corresponde a cargos docentes universitarios dedicación semiexclusiva o simple, según valores definidos en la grilla del Decreto 1610/93.
2- El docente debe cumplir funciones frente a alumnos.
3- Dichas funciones deben estar insertas en un espacio curricular, según la definición dada de esas obligaciones curriculares en el programa del “mapa docendi” previsto por Ordenanza N° 36–CS–2003 (Art. 2°).
La asignación del adicional previsto en el artículo anterior, deberá seguir el siguiente procedimiento, el que deberá ser cumplimentado antes del 31 de marzo de 2005:
a- Cada Facultad deberá remitir resolución asignando el adicional a los docentes que cumplan con los requisitos definidos y solicitando su ratificación por el Consejo Superior.
b- Se remitirá expediente para que el Consejo Superior ratifique la asignación, previo informe de Secretarías Académica y Económico-Financiera del Rectorado (Art. 3°).
La asignación del adicional previsto en el Artículo 2° en nuevas designaciones o contrataciones en cargos docentes universitarios, deberá constar en la respectiva resolución. Al finalizar cada mes, cada Unidad Académica remitirá al Rectorado informe de asignaciones oto rgadas, a fin de proceder a la ratificación por el
Consejo Superior (Art. 4°).

PAGO DE TICKETS PREMIUM
Resol. Nº 492 – CS – 2003 . Autoriza, por única vez, la entrega de “Tickets Premium”, a favor del personal de todas las plantas de esta Universidad, con carácter de beneficio social, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) sobre la remuneraación bruta mensual, normal, regular y permanente, de los cargos en que reviste en el mes de noviembre de 2003 (Art. 1º ).
Resol. Nº 373 – CS – 2004 . Autoriza, por única vez, la entrega de “Tickets Premium” a favor de personal de todas las plantas de la Universidad, por un monto equivalente al diez por ciento (10 %) sobre la remuneración bruta mensual, normal, regular y permanente, de los cargos en que reviste en el mes de noviembre de 2004 (Art. 3º ).
Autoriza, como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, la entrega de un subsidio a favor del Departamento Médico Social Universitario (DAMSU) por la suma de CIENTO UN MIL CIENTO NOVENTA PESOS ($ 101.190.-) (Art. 5º ).
Resol. Nº 600 – CS – 2005. Autoriza, por única vez, la entrega del “Ticket Premium” a favor del personal de todas las plantas de la Universidad Nacional de Cuyo, por un monto equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) sobre la remuneración bruta mensual, normal, regular y permanente, sujeta a aportes y contribuciones, de los cargos en que reviste en el mes de noviembre de 2005, lo cual se hará efectivo alrededor del CATORC E (14) de diciembre de 2005 (Art. 1° ).
Establece como requisitos previos para la obtención del “Ticket Premium” al que se hace referencia en el artículo precedente, los siguientes: a) Revistar en el cargo de alguna de las plantas de la Universidad al 30 de noviembre de 2005; b) Registrar efectiva prestación de servicios durante el año 2005. También se determina la forma de cálculo (Art. 2º )
Fija en SETENTA Y CINCO PESOS ($ 75,00) el monto mínimo para una dedicación de 35 horas semanales, y proporcionando el valor referidos a dedicaciones exclusivas (40 horas), semiexclusivas (20 horas), simples (10 horas) y cargos secundarios (25 horas), el valor respecto de los “Tickets Premium” a otorgar a todo el personal, según lo dispuesto en el Artículo 1º. (Art. 3° ).

PAPELERÍA OFICIAL
Resol. N° 312 – R – 2005 . Aplica en el ámbito de la Universidad lo dispuesto por el Dec. Nacional Nº 61/2005, mediante el cual se declara al año “2005 - Año de homenaje a Antonio Berni”. (Art. 1º ).
Establece que, a partir de la fecha de la presente resolución, toda la papelería oficial a utilizar en esta Casa de Estudios deberá llevar en el margen superior derecho la leyenda "2005 - Año de homenaje a Antonio Berni", en el marco de lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto Nacional N° 61/2005 (Art. 2°).
Resol. Nº 44 – R – 2006. Se resuelve aplicar en el ámbito de la Universidad lo dispuesto por el Decreto N acional Nº 1558/2005, mediante el cual se declara al año “2006 – Año de Homenaje al Dr. Ramón Carrillo” (Art. 1º ).
Establece que, a partir de la fecha de la presente resolución (7/02/06) toda la papelería oficial a utilizar en esta Casa de Estudios deberá llevar en el margen superior derecho la leyenda “2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO”, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto Nacional N° 1558/2005. (Art. 2° ).

PARITARIAS
Resol.Nº 185 – CS – 1995. Aprueba el Proyecto de Unificación de Representación y Delegación de Facultades de Negociación, presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) con relación a las negociaciones colectivas de los sectores docente y no docente de las Universidades Nacionales. Trae Anexo. (Art. 1º ).
Establece la clasificación de los temas propuestos por la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU) que deberían ser considerados en la discusión paritaria como temas de negociación a nivel general o particular, estando los temas propuestos por la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN) comprendidos en el primero de los niveles (Art. 2º ).
Resol. Nº 309 – CS – 1995. Designa Representantes Paritarios de esta Casa de Estudios, en Paritarias No Docentes al Lic. Néstor D. Ferrari y al Secretario Económico Financiero de la Universidad, Cont. Juan Carlos Rosell (Art. 1º ).
Resol. Nº 230 – CS – 1996 . Se aprueba Acta Acuerdo firmada el 12 de setiembre de 1996 entre la Universidad y el Sindicato del Personal No Docente comprendido en el Escalafón del Decreto Nº 2213/87 por el cual las partes acuerdan plazos de entrega, distribución de créditos por cada organismo, monto por cada agente para la distribución y uso de uniforme e indumentaria para el Personal No Docente, a partir del mes de enero de 1987.
Resolución Nº 238 – CS – 1998. Presta conformidad, en general, al Acuerdo Plenario Nº 291/98 del CIN que contiene las conclusiones a que se ha arribado en el ámbito de la Negociación Colectiva con el Sector Docente a los efectos previstos por la Cláusula Cuarta del Anexo del Acuerdo Plenario Nº 182/95 del CIN, salvo las observaciones que se efectúan con relación a los Puntos II (Perfeccionamiento Docente) y VIII (cuota de solidaridad), que son transcriptos a continuación.
Resol. Nº 216 – CS – 1999. Aprueba el Acta de la Comisión de Decanos de fecha 30 de junio de 1999 por las negociaciones paritarias con el personal de Apoyo académico de la Universidad. En el Anexo se trata: “Enfoque General de las Instrucciones”; “Aspectos a Considerar a) Distribución del Monto del Programa de Reforma y Reestructuración Laboral, partidas Año 1999; b) Programa de Capacitación; c) Necesidades de Indumentaria; Requerimientos vinculados con Higiene y Seguridad”.
Resol. Nº 217 – CS – 1999. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 6 de julio de 1999, entre los miembros paritarios de la Universidad y los paritarios del Sindicato del Personal de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), cuyo texto obra en el Anexo I (Art.1º ).
Atendiendo a antecedentes que se mencionan en el Anexo I, las partes acuerdan –entre otras cosas –
· Establecer una compensación con carácter de no remunerativa, no bonificable asignada al personal de apoyo académico en función de clasificación que se menciona.
· Establecer una compensación con carácter de no remunerativa, no bonificable al personal de Apoyo Académico que cumplimente satisfactoriamente Cursos de Capacitación, a desarrollarse durante 1999, que alcanzará a Pesos Noventa ($90) para cada agente.
· También se establece una compensación, con carácter de no remunerativa, no bonificable, asignable al personal de apoyo académico que desarrolle satisfactoriamente durante 1999 el Plan de Enseñanza Media, en sus tres variantes (Matemáticas, Lengua e Historia), con el importe de Pesos Noventa ($90) por agente.
· Se consideran las necesidades de Indumentaria.
· Se ratifican las pautas establecidas en la Ord. Nº 14–CS–97 sobre requerimientos vinculados con Seguridad e Higiene.

Resolución N° 332 – CS – 2002 . Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el 12/08/02 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los paritarios del Sindicato del Personal de Apoyo Académico (SPUNC). Se trató : 1) Análisis de fondos de PROCAP; 2)Trámites de Promoción de personal de apoyo académico; 3) Consideración del Acuerdo Plenario N° 425 del CIN vinculado con el Decr. N° 814/01; 4) Contribución al Diseño de Políticas de Recursos Humanos.
Resol. Nº 496 – CS – 2002. Establece – a partir del uno (1) de enero de 2003 y por el término de seis (6) meses – la entrega de vales almuerzo por el valor de TREINTA PESOS ($30), a favor del personal de apoyo académico de esta Casa de Estudios, que posea un Adicional de VEINTE (20) horas semanales (Art. 1º ).
Se determina que el personal beneficiado con el articulo precedente deberá cumplir con un curso adicional de Capacitación en el término de un año (Art. 2º ).
(En el Visto y Considerando de la Resolución se expresa que en la Resol. Nº 493–CS–02, que aprobó el Acta Acuerdo Paritaria suscripta entre los miembros de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal No Docente, en el Punto 1 se propone se propone la emisión de una norma complementaria de la Ord. Nº 70–CS–2002, que fijó entre otros, los montos correspondientes a los Adicionales por Mayor Dedicación destinados al Personal de Apoyo Académico).
Resolución N° 104 –CS – 2003 . Se autoriza la constitución de las Paritarias Particulares del Personal Docente (Dejada sin efecto por Resol. Nº 429 – CS – 2004).
Resolución N° 105 –CS – 2003 . Designación de representantes Paritarios de la Universidad para entender en las Paritarias Particulares del Personal Docente (Deja sin efecto la Resol. Nº 146-CS-02).
Resolución N° 200 – CS –2003 . Aprueba Acta Acuerdo suscrita el 29 de abril de 2003 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del sindicato SPUNC. Temas tratados: Aplicación del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo; Decisiones sobre Promoción de Categoría; Ingreso de Personal de Apoyo Académico a Planta Permanente; Proyecto de Tecnicatura; Situación actual de fondos asignados a bibliotecas (para adquisición de bibliografía y elementos de apoyo destinados a la Tecnicatura.
Resolución N° 222 – CS – 2003 . Aprobó Acta Acuerdo suscrita el 2/06/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del sindicato SPUNC. Temas tratados: Ajustes aplicados en la Ord.Nº 01-CS-03; Situación salarial del Personal de Apoyo Académico; Fondos previstos por Reforma Laboral (ver grilla); Proyecto de Autoevaluación y Evaluación del Personal de Apoyo Académico.
Resolución N° 478 – R – 2003 . Autoriza el pago de los montos que surgen del Acta Acuerdo suscrita el 23/06/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y el Sindicato SPUNC., aprobada por Resol. Nº 222-CS-03.
Resolución N° 297 – CS – 2003 . Aprueba los Puntos 2, 3 y 4 del Acta Acuerdo celebrada el 04/08/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del sindicato del personal de apoyo académico (SPUNC). Se gira a la Comisión de Finanzas y Presupuesto para que analice el Punto I.
Resolución N° 341 – CS – 2003 . Aprueba el Punto I del Acta Acuerdo suscrita el 04/08/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del sindicato del personal de apoyo académico (SPUNC). Vigencia de la Res. N° 496-CS-2002 que estableció por el término de seis (6) meses la entrega de vales de almuerzo por el valor de pesos treinta ($30) para todos los agentes que cobren mayor dedicación de 20 hs. semanales.
Se resuelve incluir tickets a partir del 01/07/03 para quienes tengan una mayor dedicación:
· 20 hs.---------------------20$ (en tickets)
· 15 hs.---------------------10$ “”
· 10 hs.--------------------- 5$ “”
Se aclara que son importes adicionales a los valores normales establecidos en la Ord. N° 70-CS-02 (60$, 40$ y 20$ por 20, 15 y 10 horas).
Por otra parte los representantes del SPUNC formalizan el requerimiento del paliativo económico CIN-FATUN.
Resolución N° 422 – CS – 2003 . Aprueba Acta Acuerdo suscrita el día 22/09/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del sindicato SPUNC, en el marco de las Paritarias Particulares, cuyo texto obra en Anexo. Contiene los siguientes puntos: I. Propuesta de Metodología para posibilitar la efectivización de personal de Apoyo Académico Interino; II. Evaluación del Proyecto de Ordenanza que descongela vacantes, posibilitando avanzar en la normalización del Régimen de Ingreso del Personal de Apoyo Académico, mediante la vigencia de la Ord. 76-CS-93. ; III. Evaluación del Proyecto de Ordenanza que establece un Régimen Simplificado de Selección para la Contratación de Personal de Planta Temporaria para cubrir funciones de Apoyo Académico; IV Participación Gremial.
Resol. N° 854 – R ad Ref CS – 2003 .Aprueba Acta Acuerdo suscrita el día 10/10/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico SPUNC. Se tratan los temas Proyecto de Ordenanza sobre el Régimen de Concursos y Programa de Capacitación (PROCAP). La Resolución N° 436-CS-03 ratificó la Resol. N° 854-R-03
Resol. N° 855 – R ad Ref CS – 2003 . Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 15/10/03 entre los miembros paritarios de la Universidad y los de la Federación Argentina de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC). Se tratan los temas : 1) Suspensión del pago por denuncia del convenio denominado “10 p” por la Provincia de Mendoza; 2) Descongelamiento del adicional por antigüedad resuelto por lal Provincia desde el mes de setiembre 2003. Se propone la creación de un Programa de Capacitación para horas de Docencia Secundarias y cargos Docentes de institutos preuniversitarios que cumplan funciones frente a alumnos (La Resolución N° 437-CS-03 ratificó la Resol. N° 855-R-03).
Resol. N° 458 – CS – 2003 . Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 15 de octubre de 2003, entre los miembros paritarios de la Universidad y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico (SPUNC). Se tratan los siguientes Puntos: “1.-Proyecto de Ordenanza sobre el Régimen de Concursos” (se resuelve por ordenanza por cuerda separada) y 2.- Programa de Promoción y Desarrollo Social”).
Resol. N° 471 – CS – 2003 .Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 24 de noviembre de 2003 entre los miembros paritarios de esta Universidad y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico (SPUNC). Se acompaña en Anexo los puntos tratados: 1) Proceso de Efectivización del Personal de Apoyo Académico; 2) Seguimiento del Proceso de Carrera de Apoyo Académico; 3) Adquisición de Elementos de Higiene y Seguridad.
Resol. N° 911 – VR ad Ref CS – 2003 . Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 12 de noviembre de 2003 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico (SPUNC). Se trata el Punto “1.- Situación Salarial” y se analiza la situación actual de fondos del Programa de Reestructuración y Reforma Administrativa (Plurianual). Por Resol. N° 912 – R – 2003 se autorizó el pago que surge del Acta Acuerdo.
Resol. N° 967 – R ad Ref CS – 2003. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 02 de Diciembre de 2003 entre los miembros paritarios de la Universidad y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico (SPUNC). Se dispone el pago a favor del personal de apoyo académico la suma de Pesos Cien ($100) como compensación por la falta de entrega de indumentaria para cumplir funciones específicas para cada agrupamiento que se adeuda del año 2002 (Punto I – Acta Acuerdo). Para 2004 se circunscribe la Política Salarial al ámbito Nacional (Punto II – Acta Acuerdo).
Resol. Nº 493 – CS – 2003. Ratifica la Resol. N° 967 – R ad Ref CS – 2003.
Resol. N° 976 – R ad Ref CS – 2003 . Aprueba observaciones y sugerencias a la “Nueva serie de Artículos elaborados para integrar el Convenio Colectivo del Sector No Docente”, presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (C.I.N.), ante la autoridad de la negociación.
Resol. Nº 53 – CS – 2004 .Homologa el ACUERDO PLENARIO N° 499/2004 celebrado con la Federación Argentina de Trabajadores de Universidades Nacionales (FATUN), mediante el cual se autoriza al Presidente del CIN a firmar el Acta respectiva, como asimismo a instruir a los paritarios a concurrir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el marco de la negociación colectiva con el sector no docente, cuyo contenido obra en el Anexo I de la presente resolución que consta de dos (2) hojas (Art.1° ).
(Por haberse concluido este año la elaboración del convenio colectivo de trabajo próximo a ser homologado, se acuerda aplicar los fondos del PROCAP y los del Programa de Reforma y Reestructuración Laboral (plan plurianual año 1998), más Veinticinco millones de pesos ($25.000.000.-) del total de Cincuenta y cinco millones de pesos ($55.000.000.-) asignados para este año al mismo Programa (art. 86º de la Ley de Presupuesto Nº 25.827), de manera que cada trabajador no docente perciba Cien pesos ($100.-) mensuales de bolsillo, con carácter remunerativo y no bonificable, a partir del primero de febrero de 2004 monto en el que se entiende quedan integrados los pagos y otros beneficios dados en años anteriores por el PROCAP y el Programa de Reforma y Reestructuración Laboral).
Resol. Nº 128 – CS – 2004 . Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el 12 de mayo de 2004 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC) cuyo objeto es la asignación para cada uno de los integrantes del personal de apoyo una suma de Pesos TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($339.-) que será entregada en tres (3) cuotas iguales de Pesos CIENTO TRECE ($113.-) cada una los días 15 de los meses de Mayo, Junio y Julio 2004 para “paliar la actual situación de emergencia económica del mencionado personal”.
Resol. Nº 144 – CS – 2004 . Ante presentación efectuada al Consejo Superior por el gremio FADIUNC, se rechaza el acuerdo suscrito el día 27 de mayo de 2004 entre el Presidente del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), la Confederación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU) y la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación.
Resol. Nº 168 – CS – 2004. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el 4 de junio de 2004 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), cuyo objetivo es un incremento acordado entre la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales (FATUN) y el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). Se aclara en el Anexo I que “este acuerdo implica la modificación de los realizados con fecha 29 de marzo y 14 de mayo de 2004 en los alcances que se detallan en el presente”.
Resol. Nº 198 – CS – 2004. Aprueba el Acta Acuerdo firmada el 5 de julio de 2004 entre los representantes de esta Casa de Estudios y de la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), en el marco de la conciliación obligatoria – Ley 14.876 – solicitada por esta Universidad, y cuyo texto obra en Anexo (Art. 1º ). Ref.: Pago Adicional por equiparación salarial docentes de nivel preuniversitario.
Resol. Nº 200 – CS – 2004 . Aprueba el Acta Acuerdo firmada el 28 de junio de 2004 entre los representantes de esta Casa de Estudios y de la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), en el marco de la conciliación obligatoria – Ley 14.876 – solicitada por esta Universidad, y cuyo texto obra en Anexo (Art. 1º ). Ref.: Pago Adicional por equiparación salarial docentes de nivel preuniversitario.
Resol. Nº 210 – CS – 2004. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el 29 de julio de 2004 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), cuyo objeto es el tratamiento de expedientes para cumplimentar la entrega de insumos y ropa de higiene y seguridad de las distintas unidades académicas, además de la situación del personal que desempeña funciones de apoyo académico con designaciones en cargos docentes, asimismo la provisión de indumentaria, según lo previsto en la Ord. Nº 13-CS-97, entre otros temas. Se acompaña Anexo.
Resol. Nº 218 – CS – 2004. Aprueba - en los puntos 1 y 2 - el Acta Acuerdo suscrita el 06 de julio de 2004, entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los de la Federación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC).
(Art.1º ) . Se rechaza el pedido del gremio sobre el pago del adicional de emergencia del mes de julio (Art.2º ) y dispone el pago retroactivo al mes de abril del 2004 a los docentes según los términos del Decreto 1610/93 y que no cobraban lo establecido por el mismo.
Resol. Nº 262 – CS –2004 . Aprueba lo actuado por los representantes paritarios de la Universidad y los de la Asociación Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), con relación al Acta de la reunión celebrada el día 31 de agosto de 2004. Consta de dos (2) Anexos (antecedente: reclamo de un adicional estímulo a la dedicación docente universitaria, Resol. Nº 609 – R –2004, ratificada por Resol. Nº 209 – CS – 2004 ).
Resol. Nº 372 – CS – 2004. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el día 15 de noviembre de 2004, entre representantes paritarios de esta Casa de Estudios y los de la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), en el marco de la conciliación obligatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo – Agencia Territorial Mendoza, en expediente Nº 267.013/2004 que forma parte de la presente Resolución como Anexo I (Art.1º ).
Aprueba el Programa Especial para Recuperar las Obligaciones No cumplidas y Completar el Ciclo Lectivo, que como Anexo II acompaña a la presente, el cual será de aplicación a los docentes y personal de apoyo que haya incurrido en inasistencias por paro, siempre y cuando estén de acuerdo con lo convenido en la audiencia de conciliación entre el gremio docente y esta Universidad, para lo cual podrán hacer ejercicio del derecho de no aceptar la propuesta (Art. 2º ).
Se encomienda a los Directores de los distintos establecimientos dependientes de la Dirección General de Educación Polimodal, y en los casos de la EGB a las Autoridades de las Facultades de Filosofía y Letras, Educación Elemental y Especial y Ciencias Aplicadas a la Industria, la adecuada implementación del Programa a que se hace referencia en el Art.2º precedente, quienes elevarán a los órganos superiores el informe correspondiente (Art. 3º ).
Resol. Nº 429 – CS – 2004. Deja sin efecto la Resol. Nº 104 – CS – 2003, que autorizaba la constitución de Paritarias Docentes Particulares entre esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), de conformidad con lo dispuesto por el Señor Director Nacional de Relaciones del Trabajo y en cumplimiento de la Disposición Nº 126/98 del Ministerio de Trabajo y Seguridad de la Nación (Art. 1º ).
Disposición Nº 126/98 dispone que la representatividad para las negociaciones paritarias corresponde a la Federación Nacional de Docentes Universitarios y a la Unión Docentes Argentinos (Primer considerando).
Resol. Nº 63 – CS – 2005 .Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el UNO (1) de marzo de 2005 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), mediante la cual se trataron los siguientes temas: estructura organizativa de los colegios de la universidad, entrega de indumentaria al personal no docente, seguridad e higiene, situación en mantenimiento y servicios y situación actual de personal ex - ACASU, cuyo texto obra en el Anexo I de la resolución, que consta de TRES (3) hojas. (Art. 1º ).
Resol. Nº 110 – CS – 2005. Aprueba el Acta Acuerdo suscripta el 21 de febrero de 2005 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad (SPUNC), mediante la cual se trataron los siguientes puntos: “Estructura Organizativa de los Colegios de la Universidad”, “Entrega de Indumentaria al Personal No Docente”, “Seguridad e Higiene”, “Situación de Mantenimiento y Servicios” y “Situación de Personal Ex – ACASU”. Trae Anexo (Art. 1º)
Resol. Nº 124 – CS – 2005. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el DIECINUEVE (19) de abril de 2005 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), mediante la cual se trató la entrega de indumentaria para el Personal de Apoyo Académico, cuyo texto obra en el Anexo I de la resolución (Art.1º ).
Resol. Nº 227 – CS – 2005. Incluye el Monto de Pesos Trescientos ($300) anuales, por cada agente de apoyo académico al Presupuesto Anual de esta Universidad, para ser destinados a la adquisición de indumentaria, de acuerdo con el cronograma de compras oportunamente aprobado. Si las propuestas de adquisición fueran deficitarias para la adquisición de la indumentaria prevista podría estudiarse la posibilidad de recurrir al Fondo Universitario (Art. 1º ).
Resol. N° 640 – R – 2005. Aprueba lo actuado por los representantes de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), cuyo contenido obra en las Actas firmadas ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con fechas CATORCE (14) y QUINCE (15) de junio de 2005, que como Anexos I y II forman parte de la resolución (Art. 1°).
Autoriza la afectación de la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS ($ 185,00) a cada agente de la planta de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo, para la adquisición de la indumentaria (primera entrega), en cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nº 124–CS–2005 y 227–CS–2005 y Ordenanza N° 13–CS–97 (Art. 2º ).
Resol. Nº 794 – Rect.Ad.ref – 2005. Aprueba, a partir del mes de junio de 2005, las modificaciones y complementos salariales que surgen del Acta Paritaria firmada el 23 de junio de 2005, entre los representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y los gremios docentes y no docente de las Universidades Nacionales, que han sido plasmados en el Instructivo para la Liquidación de Incrementos Salariales Acordados en junio de 2005, que como Anexo I, con CUATRO (4) hojas, forma parte de la resolución (Art. 1º ).
Resol. Nº 115 – CS – 2005. Apoya los requerimientos del personal de Apoyo Académico, solicitando al Gobierno Nacional el tratamiento y resolución de la problemática salarial del sector, dado que la paritaria nacional, en la que participan el Estado Nacional, el CIN y el gremio FATUN, se está haciendo cargo de discutir y resolver la política salarial. (Art. 1° ).
Encomienda al Rectorado la búsqueda de un paliativo de emergencia frente a la situación salarial actual ( Art. 2° ).
(Se cita como antecedente la nota fechada el 4 de mayo de 2005, elevada por el Sindicato del Personal de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), en la cual se hace un petitorio, solicitando otorgar un importe paliativo de $ 150,00 al personal de apoyo, hasta tanto se ponga en vigencia el Convenio Colectivo de Trabajo a nivel nacional).
Resol. Nº 117 – CS – 2005. Apoya los requerimientos del personal docente de la Universidad, en razón de que los sueldos están desactualizados, adherir a la preocupación de los gremios por los bajos salarios y el aumento de la canasta familiar, y auspiciar el pronto tratamiento y resolución de la problemática salarial del sector (Art. 1º ).
Resol. Nº 157 – CS – 2005. No acepta la renuncia presentada por el Lic. Néstor Donato FERRARI (M.I. N° 6.905.842) como representante paritario de la Universidad Nacional de Cuyo, en el que fue designado por Resoluciones Nº 309-CS-95, 95-CS-96, 522-R-99, 213-CS-99, 240-CS-2000 y 146-CS-2002 (Art. 1°).
Confirma al Lic. Néstor Donato FERRARI (M.I. N° 6.905.842) Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas, como REPRESENTANTE PARITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO, para que actúe en las paritarias no docentes, junto al señor Vicerrector de esta Casa de Estudios, Ing. Agr. Arturo Roberto SOMOZA (Art. 2 )°.
Resol. Nº 178 – CS – 2005. Ratifica lo expresado en las Resoluciones Nº 115 y 117 del Consejo Superior, ambas de fecha mayo de 2005 respectivamente, apoyando los requerimientos del personal docente y de apoyo académico, en razón de que los salarios están desactualizados, auspiciando el pronto tratamiento y la resolución de la problemática salarial de todo el personal de las Universidades Nacionales por parte del Gobierno Nacional.
Resol. Nº 350 – CS – 2005. Toma conocimiento del Acta firmada el día 22 de abril de 2005, entre el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Federación Argentina de Trabajadores de Universidades Nacionales (FATUN), cuyo texto es transcripto (Art. 1º ).
Se refiere en el texto que ante la propuesta de los representantes de Universidades Nacionales de incluir el Pago de Adicionales por Puntualidad y Presentismo y Por Función Crítica, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo y a pedido de la FATUN de un salario básico para la categoría inicial , se acuerda:
1.- Que tanto el Adicional por Puntualidad y Presentismo, como el correspondiente al desempeño de Función Crítica son temas del ámbito de las Paritarias.
2.- Teniendo presente lo acordado en el Acta de fecha 4 de noviembre de 2004 firmada entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, el CIN y la FATUN, el CIN sólo puede manifestar su adhesión a lo peticionado por FATUN; a efectos de realizar la petición correspondiente al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, que es quien deberá aportar los fondos para la implementación del Convenio Colectivo de Trabajo
Resol. Nº 351 – CS – 2005. Designa como miembros paritarios de apoyo académico por la Universidad Nacional de Cuyo a los siguientes Consejeros: Dr. Adolfo Omar CUETO (M.I. Nº 11.042.889); Prof. María Alejandra GRZONA (M.I. Nº 12.584.568) (Art.1º ).
Remite las presentes actuaciones a la Dirección de Asuntos Jurídicos para que dictamine acerca de la inclusión como tercer miembro paritario a un alumno, de acuerdo con lo propuesto por los consejeros alumnos de este Consejo Superior (Art. 2º ).
Resol. Nº 297 – CS – 2005. Ratifica la Resolución N° 794–R–2005, por la cual se aprobaron, a partir del mes de junio de 2005, las modificaciones y complementos salariales que surgen del Acta Paritaria firmada el 23 de junio de 2005, entre los representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y los gremios docentes y no docente de las Universidades Nacionales, que han sido plasmados en el Instructivo para la Liquidación de Incrementos Salariales Acordados en junio de 2005 (Art. 1° ).
Resol Nº 433 – CS – 2005 .Se expide con relación a los tres puntos que contiene el petitorio de la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), elevado por Nota Nº 1-4101/2005, enmarcado en el plan de lucha aprobado por el Congreso Extraordinario de la CONADU HISTÓRICA del 24 de septiembre de 2005, de la siguiente manera:
Punto 1 – Presupuesto Universitario
Punto 2 – Jubilación de los docentes universitarios
Punto 3 – Estructura de los colegios preuniversitarios
Resol. Nº 445 – CS – 2005. Aprueba, a partir del mes de agosto de 2005, las modificaciones y complementos salariales que surgen del Acta Paritaria firmada el 3 de septiembre de 2005, entre los representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y los gremios docentes y el 14 de septiembre de 2005, con el gremio no docente de las Universidades Nacionales, que han sido plasmados en el Instructivo para la Liquidación de Incrementos Salariales Acordados en junio de 2005 (Anexos I, y Anexo II) (Art. 1º ).
Vincula los adicionales de las Autoridades Superiores con dedicación exclusiva, en montos y características de remuneratividad y bonificabilidad, a los recibidos por el cargo de Profesor Titular con máxima dedicación y, para el caso de dedicaciones de “tiempo completo” y “tiempo parcial”, los adicionales deberían calcularse con una proporcionalidad del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) y CINCUENTA POR CIENTO (50%), respectivamente (Art. 2 º ).
Res. Nº 520 – CS – 2005. Aprueba el Acta Acuerdo suscrita el TRECE (13) de mayo de 2005 entre los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), donde se pacta con el Personal de Apoyo Académico un único anticipo financiero de DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-) por agente, en el segundo semestre 2005, como así también se establece que oportunamente se definirá la forma de imputación de dicho anticipo a las sumas que correspondan a cada uno, por aplicación del Acuerdo Paritario Nacional, cuyo texto obra en el Anexo I de la presente resolución, que consta de UNA (1) hoja. (Art. 1°).
Establece que cada agente de la Planta del Personal de Apoyo Académico de esta Universidad debe reintegrar los DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-) recibidos como único anticipo financiero de la Paritaria Nacional, toda vez que por Resolución Nº 794-R-2005 , dictada ad-referendum del Consejo Superior, ratificada por Resolución Nº 297-CS-2005, se aprobaron las modificaciones y complementos salariales en el marco del Acta Paritaria firmada el 23 de junio de 2005, entre los representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y los Gremios Docentes y No Docente de las Universidades Nacionales (Art. 2º).
Aprueba la siguiente grilla de descuentos acordada con el SPUNC, para cancelar la deuda del anticipo financiero al Personal de Apoyo Académico en el marco del Acta a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución:
Categoría 1 a 6 QUINCE PESOS ($ 15.-)
Categoría 7 y 8 VEINTE PESOS ($ 20.-)
Categoría 9 y 10 VEINTICINCO PESOS ($ 25.-)
Categoría 11 CUARENTA PESOS ($ 40.-) (Art. 3º ).
Resol. Nº 543 – CS – 2005. Aprueba las Actas Acuerdo suscritas por los miembros paritarios de esta Casa de Estudios y los representantes del Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC), correspondientes a las reuniones celebradas el CUATRO (4) de octubre y el UNO (1) de noviembre de 2005 que, como Anexos I y II, forman parte de la resolución (Art. 1° ).
(Se expresa en los Considerandos “Que en la primera de dichas reuniones se trataron los siguientes aspectos: 1) Indumentaria del personal; 2) Anticipo financiero; 3) Reconsideración de la Resolución Nº 861–R– 005”. “El tema abordado en el segundo punto dio lugar a la Resolución Nº 520–CS–2005”.
“Que en la reunión del 1º de noviembre de 2005, los temas en tratamiento fueron:
1) Indumentaria del personal; 2) Higiene y seguridad; 3) Comisión de reencasillamiento”).
Resol. Nº 78 – R – 2006. Prorroga, hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2006, la aplicación del adicional correspondiente al ex 10P de TREINTA PESOS ($ 30.-) por cargo y CINCO PESOS ($ 5.-) por hora cátedra, para el personal docente de los Departamentos de Aplicación Docente y del Nivel Polimodal, cuyo otorgamiento fue oportunamente acordado entre los representantes paritarios de esta Casa de Estudios y los de la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC), en el Apartado d) del Punto 2 del Anexo I del Acta Acuerdo suscripta el día 15 de noviembre de 2004, cuya aprobación fue otorgada por Resolución Nº 372–CS–2004 en Expediente Nº 01-817/2004, en el marco de la conciliación obligatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo – Agencia Territorial Mendoza, en su Expediente Nº 267.013/2004 (Art. 1º ). (Se expresa en los considerandos “que su instrumentación para el Ciclo Lectivo 2005 surgió de lo acordado en el Apartado d) del Punto 2 del Anexo I del Acta Acuerdo suscrita el día 15 de noviembre de 2004, entre los representantes paritarios de esta Casa de Estudios y los de la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo FADIUNC), cuya aprobación fue otorgada por Resolución Nº 372–CS–2004”).
Resol. Nº 03 – R – 2006 . Ratifica la Resolución N° 78–R–2006, dictada ad-referéndum de este Cuerpo, que como Anexo I con DOS (2) hojas forma parte de la presente resolución, por la cual se prorroga, hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2006, la aplicación del adicional correspondiente al ex 10P de TREINTA PESOS ($ 30.-) por cargo y CINCO PESOS ($ 5.-) por hora cátedra, para el personal docente de los Departamentos de Aplicación Docente y del Nivel Polimodal (Art. 1° ).
Resol. Nº 39 – CS – 2006. Incorpora, a partir del UNO (1) de enero de 2006, al sueldo básico del personal docente universitario y preuniversitario de esta Casa de Estudios, el Adicional otorgado a partir del 1 de agosto de 2005, como no remunerativo y bonificable al personal docente de las universidades nacionales y los montos establecidos en el Decreto Nacional 1610/93 para la totalidad del personal docente universitario con dedicación semiexclusiva y simple, en el marco del Instructivo para la liquidación de los salarios docentes del mes de enero de 2006, del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y, en consecuencia, aprobar la nueva grilla de básicos, que como Anexos I y II, con UNA (1) y DOS (2) hojas respectivamente, forman parte de la presente resolución (Art. 1º).

PASANTIAS EDUCATIVAS
Ord. N° 14 – R –2003 . Aprueba las condiciones de ejecución del Programa de Pasantías Educativas dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario del Rectorado (Art. 1º) Provee un marco normativo específico para los Programas de Pasantías Educativas .Trae Anexo.
Ord. Nº 5 – R – 2004. Aprueba condiciones generales para el año 2004 y bases operativas de ejecución del Programa de Pasantías Educativas dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario del Rectorado (Art. 1º).
Ord. Nº 6 – CS – 2005. Aprueba el REGLAMENTO DE PASANTÍAS EDUCATIVAS para esta Casa de Estudios, cuyas pautas se encuentran contenidas en los siguientes anexos a la presente ordenanza:
Reglamento de Pasantías Educativas Anexo I con TRES (3) hojas.
Pasantías Educativas a realizarse fuera del ámbito de la UNCuyo y procedimientos de tramitación de firma y aprobación de los convenios respectivos Anexo II con DOS (2) hojas.
Pasantía educativa a realizarse en el ámbito de la UNCuyo. Anexo III con UNA (1) hoja
Convenio de Pasantía Educativa a realizarse fuera del ámbito de la UNCuyo Anexo IV con TRES (3) hojas
Acuerdo Individual de Pasantía Educativa a realizarse fuera del ámbito de la UNCuyo, firmado por decano/a, alumno/a y organización Anexo V con TRES (3) hojas.
Acuerdo Individual de Pasantía Educativa a realizarse en el ámbito de la UNCuyo Anexo VI con DOS (2) hojas (Art. 1º )
Son excluidas de la reglamentación a la que se hace referencia en el Artículo 1°, las prácticas profesionales o pasantías obligatorias que forman parte de los currículos de las diferentes Carreras, las que deberán ser reglamentadas por las respectivas unidades académicas (Art. 2º ).
Se dispone que, en el mes de diciembre del año 2005, la presente ordenanza debe estar revisada y, en su caso, modificada conforme a los dictados de la experiencia que arroje su aplicación (Art. 4º ).
Resol. Nº 709 – R – 2005. Aprueba para el año 2005, las condiciones generales y bases operativas de ejecución del Programa de Pasantías Educativas dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario del Rectorado, en el marco de la Ordenanza Nº 06-CS-2005, conforme con lo dispuesto en el Anexo I de esta resolución, que consta de TRES (3) hojas (Art. 1º ).

PASES Y EQUIVALENCIAS
Ord. N° 61 – CS – 1991 . Aprueba la Reglamentación para la admisión de alumnos provenientes de otras universidades o unidades académicas y el reconocimiento de los estudios parciales que en ellas se hubieran realizado. Las Facultades establecerán, con arreglo a la presente Ordenanza las normas y procedimientos administrativos para la admisión de alumnos de otras universidades estatales o privadas reconocidas a los efectos de que prosigan estudios en la misma carrera o en otra afín, como asimismo las normas para el reconocimiento de estudios parciales realizados en esas universidades o en otras unidades académicas de esta Universidad (Derogó Ord. N° 27–R–79).

PATRIMONIO – RESPONSABLES PATRIMONIALES
Ord. Nº 39 – R – 1951. Se organiza el régimen de inventario permanente y la implantación de la Contabilidad Patrimonial en la Universidad.
Se consideran “Responsables de Primer Orden” al Consejo Universitario, Facultades, Escuelas, Colegios, Institutos, etc. cuya vinculación con la Contaduría General sea directa. Serán “Responsables de Segundo Orden” las escuelas, institutos, oficinas, etc. que dependen directamente de los Responsables de Primer Orden (Art. 1º ).
Ord. Nº 5 – RN – 1985. Reemplaza el Esquema de Organización de los Responsables Patrimoniales de la Universidad previsto en la Ord. Nº 39–R–51 por el que se acompaña como Anexo (Art. 1º ). (Modificada por Ord. 22–RN–88).
Ord. Nº 12 – RN – 1985. Modifica el Esquema de Organización de los Responsables Patrimoniales, establecido por la Ord. Nº 5–RN–85, en los organismos que se indican (Artículo 1º).

PATRONA DE LA UNIVERSIDAD
Resol. N° 3965 – I – 1943 . Declara oficialmente adherida la Universidad Nacional de Cuyo a la celebración de María Inmaculada (Art. 1° ). La Universidad dispondrá, cada año, la forma de participación en los actos que con ese motivo, realiza la Iglesia el 8 de diciembre (Art. 2°).
Resol. N° 2571 – R – 1979 . Declara Patrona de la Universidad a la Virgen María bajo la advocación de La Inmaculada Concepción (Art. 1°).Se procede a la bendición y entronización de su imagen en el Centro Universitario (Art. 2°) (Se cita como antecedente a la Resol. Nº 3965-R-43. 36 años de adhesión a la Inmaculada Concepción).

PERMISOS PARA ASISTIR A CONGRESOS, JORNADAS, SIMPOSIOS, SEMINARIOS O CONFERENCIAS DE CORTA DURACIÓN
Ord. Nº 47 – CS – 2001. Reglamenta para los agentes de la Universidad el Art. 15, inciso c) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias (Decreto Nº 3.413/79), adoptado para la institución mediante Ordenanza Nº 8-R-80.

PLANEAMIENTO Y LOGISTICA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
Resol. Nº 616 – R –2004. Designa a partir del 18 de agosto de 2004 al 31 de Diciembre de 2004 al Ing. Industrial Roberto Fernando Sversek en las funciones de Coordinador de Planeamiento y Logística de Infraestructura y Servicios, dependiente de la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado.
Resol. Nº 786 – R – 2004. (modificó a la anterior)
Resol. Nº 868 – R – 2004. Contrata desde el 10 de Agosto al 31 de Diciembre de 2004 al Ing. Industrial Roberto Fernando Sversek para cumplir funciones de Coordinador de Planeamiento y Logística de Infraestructura y Servicios, con dependencia de la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado, asignadas mediante Resolución Nº 616-R-2004, modificada por Resol. Nº 786-R-04 (Art.1º ).
El profesional percibirá por sus funciones en concepto de remuneración mensual el importe equivalente a un cargo de Secretario de Facultad de Tiempo Completo (Art. 2º ).
Resol. Nº 515 – R – 2005. Designa, a partir del diecinueve (19) de mayo de 2005, al Cont. Conrado Salvador RISSO PATRÓN (M.I. Nº 14.528.995 – Legajo Nº 22.243) en las funciones de Coordinador General de Planeamiento y Logística de Infraestructura y Servicios, con dependencia de la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado (Art. 1°).
Las funciones a las que se hace referencia en el artículo precedente serán remuneradas con un cargo de Coordinador de Área de Gestión Universidad Categoría A, según lo establecido por el Anexo I de la Ordenanza N° 84–CS–2004 (Art. 2°).
Resol. Nº 245 – R – 2006 . Otorga, en forma provisoria, hasta tanto se concrete la designación del Coordinador General de Planeamiento y Logística de Infraestructura y Servicios, dependiente de la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado, al señor José Antonio MARTÍNEZ (M.I. N° 6.899.933 - Legajo N° 11.228), Categoría 9 del Agrupamiento Técnico, a cargo de la Dirección de Construcciones de la citada Coordinación General, las facultades previstas en la Resolución Nº 26–R–2005 para iniciar las distintas tramitaciones relativas a las contrataciones de obras, como así también la responsabilidad en las distintas etapas de cada proceso. En ese estado del trámite se elevará para la adjudicación según las previsiones de la reglamentación antes mencionada.(Art.1° ).

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
Ord. N° 66 – CS – 1998 . Aprueba el Plan de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Cuyo para el período 1999 – 2004 (Trae Anexo Documento Base para el Plan de Desarrollo Estratégico).

PLAN INTEGRAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO “MÁS Y MEJOR TRABAJO” Y PLAN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRABAJO
Ord. Nº 03 – CS – 2005. Aprueba el PLAN INTEGRAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO “MÁS Y MEJOR TRABAJO” y PLAN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRABAJO, presentado por la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado, cuyo texto obra en el Anexo I de la presente norma que consta de SIETE (7) hojas.
En los Considerandos se expresa que la responsabilidad específica de la Universidad respecto del tema está contenida en el Acuerdo Nº 59/2004 y en el Protocolo Adicional Nº 1 y que el Gobierno de la Provincia de Mendoza por Decreto Nº 1698/04, ha creado la Comisión para el Diseño, Implementación y ejecución del Plan Provincial para desarrollar Empleabilidad, dependiente del Ministerio de Economía. En ese marco, a la Universidad le corresponde realizar los cursos de: manejo informático de administración contable: nivel básico y avanzado; formulación, elaboración y planificación de proyectos; investigación y desarrollo de nuevos productos; recursos humanos; sistema de costos y estrategias de venta y atención al público, por ello el pago de las actividades es conveniente se realicen con los alcances del Régimen de Incentivos previsto en la Ordenanza N° 36–CS–2004.

PLAN DE MANTENIMIENTO INTEGRAL PARA LA UNIVERSIDAD
Ord. Nº 51 – CS – 2004 . Aprueba el Plan de Mantenimiento Integral para la Universidad, que comprende un conjunto de operaciones mediante las cuales se pretende lograr el máximo factor de utilización de los equipos individuales y de la planta en su conjunto (Art.1º ). Se acompaña Anexo.
Se sugiere la incorporación de alumnos de los últimos años que deban hacer su práctica profesional o en tareas similares para dinamizar las actividades a desarrollar permanentemente (Art.2º ).
Resol. Nº 453 – CS – 2004. Aprueba el “Plan de Infraestructura Edilicia” y el “Plan de Mantenimiento” para el período 2004-2005

PLAN ESTRATÉGICO DE LA UNIVERSIDAD
Ord. N° 84 – CS – 2003 . Aprueba el Plan Estratégico para la Universidad Nacional de Cuyo (Art. 2º ).Contiene Anexo. Aprueba los Proyectos para Financiamiento Incremental en el Marco de las pautas fijadas por la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Art. 3º).
Resol. Nº 726 – R – 2004. Designa una Comisión – en el marco del Plan Estratégico de la Universidad (Ord. Nº 84-CS-03) – para que realice un diagnóstico de la situación energética de Mendoza y su vinculación nacional y regional.
Resol. Nº 989 – R – 2004 . Designa desde el 01 de abril hasta el 31 de diciembre 2004 a personas responsables de la Investigación documental y la elaboración final del “Marco
Estratégico Mendoza 2012”, en el marco del Consejo Asesor Permanente.

PLAN MAESTRO DEL CENTRO UNIVERSITARIO
Ord. Nº 76 – CS – 2004. Autoriza la implementación de un “Plan Maestro del Centro Universitario” destinado a efectuar un estudio integral de la ocupación de los espacios físicos de la Universidad, debiendo fijarse para el mismo los alcances y el tiempo de desarrollo (Art.1º ) Esta Ordenanza fue dejada sin efecto por la Resol. Nº 328– CS–2004 .
Ord. Nº 78 – CS –2004. Autoriza la realización de un “Estudio sobre la Historia de las Construcciones en el Campus Universitario”, destinado a efectuar un estudio integral de la ocupación de los espacios físicos de la Universidad, debiendo fijarse para el mismo los alcances y el tiempo de desarrollo (Art. 1º ).
Resol. Nº 320 – CS – 2004. Designa a partir del 13 de octubre de 2004 al Arq. Roberto Mario Romano, M.I. Nº 6.909.816 responsable del Plan Maestro del Centro Universitario (Art. 1º ).
Resol. Nº 328 – CS – 2004. Deja sin efecto la Ord. Nº 76-CS-04 y la Resol. Nº 320-CS-04, con motivo de lo expuesto en los considerandos (haberse deslizado un error en ambas normativas, toda vez que lo que corresponde es la realización de un estudio base sobre la Historia de las Construcciones en el campus universitario que sirva para el posterior desarrollo del Plan Maestro del Centro Universitario).

PLANES DE ESTUDIO
Ord. Nº 60 – R – 1982. Criterios orientadores para formular modificaciones de Planes de Estudios en esta Universidad (Derogada por Ord. Nº 8-CS-99) .
Ord. N° 8 – CS – 1999 . Regula los aspectos que han de observarse a los efectos de modificar un Plan de Estudios (Deroga Ord. N° 60–R–82).
Ord. N° 52 – CS –1999 . Determina circuito que deberán cumplirse en la tramitación de expedientes referidos a Planes de Estudios de los Institutos Tecnológicos Universitarios (ITU), como así también de las diferentes unidades académicas.

POLITICAS DE PERSONAL
Ord. N° 17 – CS – 2003 . Aprueba “Propuesta de Políticas en materia de Personal de Apoyo Académico”. Contiene referencias a Evaluación, Propuesta de Estructuras, etc. Ver Anexos I y II.

POSGRADO
Ord. Nº 37 – CS – 1990. Establece las pautas y normas generales para la realización de estudios de Posgrado en esta Universidad.
Ord. Nº 67 – CS – 1990 . Sustituye el Art. 41 de la Ord. Nº 37–CS–90 (Art. 1º ) y modifica el Art. 43 de la Ord. Nº 37–CS –90
Ord. Nº 2 – CS – 1992. Aprueba las normas complementarias de la Ord. Nº 37-CS-90, referida a la realización de estudios de Posgrado en la Universidad. Trae Anexo.
Ord. N° 44 – CS – 1994 . Establece el Sistema de Becas de Formación Superior para las Carreras de Posgrado, de Maestría y Doctorado. Tiene Anexo. Ordenanza derogada por Ord. Nº 36-CS-99.
Ord. Nº 5 – CS – 1995. Creación Carrera de Posgrado de “Especialización en Docencia Universitaria” en el ámbito de la Secretaría Académica de la Universidad.
Resol. Nº 22 – CS – 1996
.Aprueba la elaboración de un Documento para la Universidad , destinado al asesoramiento a las unidades académicas para la “Elaboración, Seguimiento, Análisis de Resultados y Reformulación de Proyectos de Posgrado de Especialización, Maestría y Doctorado”. Encomienda a la Comisión de Cuarto Nivel la revisión de la Ord. Nº 37–CS–90.
Resol. N° 340 – CS – 1996 . Se sugiere a los Consejos Directivos que el antecedente de aprobación por parte de docentes de esta Casa de Estudios de la totalidad de la carrera de Posgrado “Especialización en Docencia Universitaria” y la correspondiente obtención del título sean considerados para la evaluación de desempeño establecida en el Art. 68° del Estatuto Universitario, y por las Comisiones Asesoras de Concursos.
Resol. N° 347 – CS – 1996 . Autoriza a los Bromatólogos egresados de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria a realizar el “Curso de Especialización en Docencia Universitaria”. Se sugiere a la Facultad citada implemente a la brevedad la Licenciatura para los graduados de la carrera de Bromatología y tome en cuenta las exigencias de la Ley de Educación Superior respecto al número de horas, contenido y práctica y no de años de cursado para títulos que habiliten para ser reconocidos.
Ordenanza Nº 10 – CS – 1998 . Aprueba las Pautas y Normas Generales por las que se regirán las actividades de Posgrado en la Universidad Nacional de Cuyo. (Deroga Ords. Nº 37–CS–90; 67–CS–90 y 02–CS–92) .
Ordenanza Nº 15 – CS – 2000 – Aprueba – en el Marco de lo establecido en los Arts. 5º inc.g) y 16 de la Ord. Nº 10-CS-98 – Pautas para la elaboración, seguimiento, análisis de resultados reformulación de proyectos de posgrado, de especialización, maestría y doctorado (Derogada por Ord. N° 49-CS-2003).
Ordenanza Nº 63 – CS – 2001 – Pautas y normas generales para las actividades de posgrado. Texto Ordenado Ord. Nº 10-CS-98. (Derogada por Ord. N° 49-CS-2003).
Ordenanza N° 16 – CS – 2002 . “Reglamento de Carreras de Especialización, Maestría y Doctorado, Modalidad Estructurada”(Derogada por Ord. N° 49-CS-2003).
Ordenanza N° 49 – CS – 2003 . Aprueba las Pautas y Normas Generales para la Organización y el Funcionamiento del Nivel de Posgrado en la Universidad (Deroga Ords.N° 15-CS-2000; 63-CS-2001 y 16-CS-2002).
Ordenanza N° 108 – CS – 2003 . Aprueba el Programa de Posgrado para el Personal de la Universidad Nacional de Cuyo que esté realizando estudios de Posgrado en carreras de Especialización, Maestría y Doctorado, con el fin de formar una masa crítica especializada y ampliar la oferta de posgrado en la Universidad Nacional de Cuyo (Art. 1°). Mediante Anexo se explicitan características, pautas y condiciones de acceso a las becas (Art.3°).
Ord. Nº 360 – CS – 2004 . Aprueba el Premio Estímulo para el Personal de la Universidad Nacional de Cuyo que cuenta con título de Posgrado (Art.1º ).
En Anexo se establece que son destinatarios el Personal de la Universidad, con efectiva prestación de servicios, que cuente al uno (1) de noviembre de 2004 con título de posgrado de especialista, magister o doctor, según lo contemplado en el Art. 18 y el Anexo Punto 1.2 de la Ord. Nº 49-CS-03 (Art. 3º, Anexo I Ord. 360-CS-04).
El otorgamiento del Premio Estímulo se realiza por Resolución del Consejo Superior (Art.5º, Anexo).
Los montos establecidos son de una suma única de pesos seiscientos ($600) para el caso de títulos de especialistas, pesos ochocientos ($800) para título de master o magister y mil pesos ($1.000) para el título de Doctor y será percibido en dos (2) cuotas: la primera en diciembre de 2004 y la segunda en febrero de 2005 (Art. 4º Anexo I Ord. Nº 360-CS-04).
Ord. Nº 113 – CS – 2004. Se aprueba el Programa de Difusión y Transferencia de las Actividades de Posgrado, destinado a difundir las actividades que se realizan en el ámbito de posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo. Trae Anexo con Objetivos, Actividades Programadas y Montos a Asignar.
Ord. Nº 114 – CS – 2004 . Aprueba el Programa Mejoramiento de la Calidad del Posgrado, elaborado por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado en forma conjunta con el Consejo Asesor Permanente de Posgrado de la Universidad. Se acompaña Anexo con antecedentes, Objetivos Generales y Específicos. Actividades Programadas y Montos a Asignar.
Ord. Nº 93 – CS – 2005. Ratifica la Ordenanza N° 007 – CD – 2005 de la Facultad de Filosofía y Letras, que como Anexo I con ONCE (11) hojas forma parte de la presente norma mediante la cual se procede a modificar las Ordenanzas N° 33, 34, 35 y 36/2003-C.D., que fueran ratificadas por Ordenanzas N° 154, 160, 158 y 162–CS–2003 respectivamente, referidas a la actualización de la Reglamentación vigente en las Carreras de Posgrado de Doctorado (de modalidad personalizada) en: Geografía, Filosofía, Historia y Letras de la citada Facultad, dictadas en el marco de la Ordenanza N° 49–CS–2003.
Resol. Nº 175 – CS – 2005. Adhiere la Universidad al Acuerdo Plenario Nº 559/05 del Consejo Interuniversitario (CIN) que sugiere medidas relativas a asegurar la calidad de la formación de Posgrado. Trae Anexo (Art. 1º ).
El CIN tiene en cuenta las modificaciones introducidas por la Ley 25754 en lo referido a Posgrados (Reglamentación de los Arts. 39 y 39 bis de la Ley Nº 24521).

PREMIO ESTIMULO PARA EL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD
Ordenanza N° 49 – CS – 2003
. Aprueba las Pautas y Normas Generales para la Organización y el Funcionamiento del Nivel de Posgrado en la Universidad.
Resol. Nº 360 – CS – 2004 . Aprueba el Premio Estímulo para el Personal de la Universidad Nacional de Cuyo que cuenta con título de Posgrado (Art.1º ).
En Anexo se establece que son destinatarios el Personal de la Universidad, con efectiva prestación de servicios, que cuente al uno (1) de noviembre de 2004 con título de posgrado de especialista, magister o doctor, según lo contemplado en el Art. 18 y el Anexo Punto 1.2 de la Ord. Nº 49-CS-03 (Art. 3º, Anexo I Ord. 360-CS-04).
El otorgamiento del Premio Estímulo se realiza por Resolución del Consejo Superior (Art.5º, Anexo).
Los montos establecidos son de una suma única de pesos seiscientos ($600) para el caso de títulos de especialistas, pesos ochocientos ($800) para título de master o magister y mil pesos ($1.000) para el título de Doctor y será percibido en dos (2) cuotas: la primera en diciembre de 2004 y la segunda en febrero de 2005 (Art. 4º Anexo I Ord. Nº 360-CS-04).
Resol. Nº 652 – R – 2005. Otorga, por única vez, por planilla complementaria, las dos cuotas del PREMIO ESTÍMULO PARA EL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO QUE CUENTA CON TÍTULO DE POSGRADO, que asciende a la suma total de DOCE MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 12.200,00), a favor del personal consignado en el Anexo I de la resolución, en el marco de lo establecido en la Resolución N° 360 – CS – 2004 (Art. 1º ).
(Premio correspondiente al personal de las Facultades de Artes y Diseño, Ciencias Políticas y Sociales, Filosofía y Letras, Ciencias Aplicadas a la Industria y Ciencias Económicas (Anexo I).
(El referido premio está destinado al personal que ha realizado y concluido exitosamente estudios de posgrado, interpretando como tales los previstos en el artículo 18 y el Anexo I Punto 1.2. de la Ordenanza N° 49–CS–2003).
Resol. Nº 1390 – R – 2005. Otorga, por única vez, por planilla complementaria, las dos cuotas del PREMIO ESTÍMULO PARA EL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO QUE CUENTA CON TÍTULO DE POSGRADO, que asciende a la suma total de NUEVE MIL OCHOCIENTOS PESOS ($ 9.800), a favor del personal consignado en el Anexo I de la presente resolución, que consta de UNA (1) hoja, en el marco de lo establecido en la Resolución Nº 360–CS–2004 (Art. 1º ).
Resol. Nº 1475 – R – 2005. Aprueba la nómina de beneficiarios seleccionados, conforme a las normas establecidas en la Resolución N° 360-CS-2004 para el otorgamiento del PREMIO ESTÍMULO PARA EL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO QUE CUENTA CON TÍTULO DE POSGRADO (Art. 1º).
Otorga, por única vez, un reconocimiento especial al personal de la Universidad Nacional de Cuyo que, habiendo presentado la solicitud en tiempo y forma, ha realizado y concluido exitosamente estudios de posgrado, interpretando como tales los previstos en el artículo 18 y el Anexo I Punto 1.2. de la Ordenanza N° 49-CS-2003, de acuerdo con los montos y condiciones establecidas en el Anexo I de la Resolución N° 360-CS-2004, por el monto y tipo de carrera según se detalla en cada caso en el Anexo 1 de la presente resolución que consta de TREINTA Y OCHO (38) hojas (Art. 2º)
(Mediante el webmail de la Universidad, con fecha 16/12/05, se comunicó que la Res. Nº 1475-R-2005., por la cual se aprueba la nómina de beneficiarios del Premio Estímulo para el Personal de la UNCU que cuenta con Título de Posgrado, corresponde a estímulos otorgados en el año 2004).
Resol. Nº 547 – CS – 2005 . Aprueba la “Convocatoria 2005 del Premio Estímulo para el Personal de la Universidad Nacional de Cuyo que cuenta con Título de Posgrado”, cuyas características, así como las condiciones de acceso al mismo, obran en el Anexo I de la Resolución.
Resol. Nº 1632 – Vice Rect AC – 2005. Aprueba la nómina de beneficiarios seleccionados, conforme a las normas establecidas en la Resolución N° 547–CS–2005 para el otorgamiento del Premio Estímulo 2005 Para el PersonaL de la Universidad Nacional de Cuyo que cuenta con Título de Posgrado (Art. 1º ).
Otorga, por única vez, un reconocimiento especial al personal de la Universidad Nacional de Cuyo que, habiendo presentado la solicitud en tiempo y forma, ha realizado y concluido exitosamente estudios de posgrado, interpretando como tales los previstos en el artículo 18 y el Anexo I Punto 1.2. de la Ordenanza N° 49–CS–2003, de acuerdo con los montos y condiciones establecidas en el Anexo I de la Resolución N° 547–CS–2005, por el monto y tipo de carrera según se detalla en cada caso en el Anexo 1 de la presente resolución que consta de SEIS (6) hojas (Art. 2º ).

PRENSA
Ord. Nº 18 – R – 1958. Crea con carácter experimental, dependiente del Rectorado, la Sección Publicaciones y Prensa de la Universidad Nacional de Cuyo (Art. 1º ). La Sección tendrá a su cargo: I – Publicación de un Boletín Mensual; II – Publicación de una Guía de Estudios de acuerdo con Facultades y Escuelas Superiores; III – Edición de Catálogos de Publicaciones Periódicas de la Universidad y recibidas de la Universidad; - ...V – Edición de las Reglamentaciones del Estatuto Universitario y toda otra publicación que se considerase se interés general e inherente a las funciones de gobierno. Modificada por Ord. Nº 13-R-70.

PRESUPUESTO
Ord. Nº 31 – CS – 1997.Aprueba las Pautas que las Unidades Académicas de esta Casa de Estudios deberán tener en cuenta al utilizar las sumas que les sean asignadas con motivo de la distribución del Presupuesto destinadas al Área de Ciencia y Técnica (Art. 1º ). Se definen: I. Proyectos Institucionales; II. Complemento de Proyectos de la Secretaría de Ciencia y Técnica; III. Subsidios a Proyectos de Investigadores Noveles; IV. Subsidios para Capacitación de Posgrado y Organización de Eventos Científicos de Apoyo a la Investigación.
Resolución N° 986 – R – 2001. Se dispone para la Ejecución presupuestaria solamente el uso de las remesas financieras remitidas por la Tesorería General de la Nación, efectivamente depositadas en las cuentas bancarias de esta Universidad. (Mediante Resol. N° 434–CS–2001, se ratifica la Res. 986-R-01).
Ord. N° 5 – CS – 2003. Aprueba Estructura Programática para 2003. Deja sin efecto Ord. N° 81–CS–2002. Congela a partir del 1 de Enero de 2003 los cargos vacantes de las plantas de personal no docente permanente y temporario, en todos sus agrupamientos y categorías. (Art. 7° derogado por Ord. N° 99-CS-03).
Ord. Nº 30 – CS – 2003. Adecuación de los créditos destinados a contribuciones patronales a cargo de la Universidad.
Ord. N° 50 – CS – 2003. Amplía los contenidos de la Ord. N° 5–CS–2003 aprobando las plantas de personal de autoridades superiores, personal docente y de apoyo académico, tanto permanentes como temporarias y de acuerdo con la Estructura Programática, por programas, subprogramas, actividades, unidades ejecutoras y dentro de éstas, por niveles, agrupamientos y categorías, con los consiguientes adicionales, sueldo anual complementario, contribuciones patronales y complementos cuando así correspondan, como apertura del presente ejercicio financiero (Art.1°).
Ord. N° 84 – CS – 2003 . Aprueba el Anteproyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2004 de la Universidad (Art. 1°) Aprueba en lo general el Plan Estratégico elaborado por el Rectorado y sus Secretarías (Art. 2°). Aprueba los proyectos presentados a efectos de solicitar financiamiento incremental en el marco de las pautas fijadas por la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Art.3°).
Ord. N° 99 – CS – 2003 . Deroga el Art. 7° de la Ord. N°5–CS–2003 que dispuso el congelamiento – a partir del 01/01/03 – de los cargos vacantes de las plantas de personal no docente permanente y temporario, en todos sus agrupamientos y categorías (Art. 1°). Deja sin efecto la Resol. N° 38–CS–2003 (Art.2°).
Resol. Nº 373 – CS – 2004 . Autoriza, por única vez, la entrega de un estímulo económico, de carácter no remunerativo, a favor del personal de todas las plantas de la Universidad conforme a detalle que se indica – Personal Docente Universitario, Personal Docente Nivel Medio y EGB, Personal Superior y Personal de Apoyo Académico – (Art. 1º ).
Autoriza, por única vez, la entrega de “Tickets Premiun” a favor de personal de todas las plantas de la Universidad, por un monto equivalente al diez (10) por ciento sobre la remuneración bruta mensual, normal, regular y permanente, de los cargos en que reviste en el mes de noviembre de 2004 (Art. 3º ).
Autoriza, como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, la entrega de un subsidio a favor del Departamento Médico Social Universitario (DAMSU) por la suma de CIENTO UN MIL CIENTO NOVENTA PESOS ($ 101.190.-) (Art. 5º ).
Ord. Nº 41 – CS – 2005. Se reajustan créditos previstos para atender erogaciones correspondientes a contribuciones personales.
Ord. Nº 52 – CS – 2005 . Suprime la Estructura Presupuestaria vigente para el Ejercicio 2005 en lo referente al Programa 02 – Proyectos Comunes de Infraestructura – que fuera aprobada por Ord. Nº 119–CS–2004 (Art. 1º ).
Crea la Estructura Presupuestaria con vigencia para el Ejercicio 2005 en lo referente al Programa 02 – Proyectos Comunes de Inversión, acorde con el “Plan de Infraestructura Edilicia” y “Plan de Mantenimiento” para el periodo 2004-2005, que fuera aprobado por Resol. Nº 453–CS–2004 (Art. 2º ).
Reasigna los créditos oportunamente fijados, adecuándolos a la nueva Estructura aprobada precedentemente (Art. 3º ).
Ord. Nº 69 – CS –2005. Aprueba los formularios, 2 - Cuadro de Programación de Gastos, 2a - Resumen por Dependencia de la Programación de Gastos y 6 - Planta de Personal de Autoridades Superiores, Personal Docente y Personal no Docente, correspondientes al Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio 2006, de la Finalidad 3 - Servicios Sociales / Función 1 - Salud, Función 4 - Educación y Cultura y Función 5 - Ciencia y Técnica / Jurisdicción 70 - Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación / Servicio Administrativo 811 -Universidad Nacional de Cuyo / Ejercicio 2005, que se encuentran adjuntos y que obran como parte de este artículo. (Art. 1º ).
Se señala que “lo dispuesto por el artículo precedente deberá ser comunicado al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, dentro de los plazos establecidos al efecto” (Art. 2º ).
Ord. Nº 108 – CS –2005. Sustituye el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 41–CS–2005, que queda redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°.- Autorizar al Rectorado a liquidar mensualmente, entre el personal de todas las plantas de la Universidad, en tanto se mantenga la fuente de financiamiento indicada, a través del sistema de vales alimentarios, las sumas indicadas en los Anexos I a IV que con UNA (1) hoja cada uno forman parte de la presente ordenanza. Cada liquidación deberá ser acompañada por un subsidio equivalente al NUEVE CON CINCUENTA POR CIENTO (9,50%) del monto abonado, a favor del Departamento de Asistencia Médico-Social Universitario (DAMSU).” (Art. 1° ).
Resol. Nº 600 – CS – 2005. Autoriza, por única vez, la entrega del “Ticket Premium” a favor del personal de todas las plantas de la Universidad Nacional de Cuyo, por un monto equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) sobre la remuneración bruta mensual, normal, regular y permanente, sujeta a aportes y contribuciones, de los cargos en que reviste en el mes de noviembre de 2005, lo cual se hará efectivo alrededor del CATORCE (14) de diciembre de 2005 (Art. 1° ).
Fija en SETENTA Y CINCO PESOS ($ 75,00) el monto mínimo para una dedicación de 35 horas semanales, y proporcionando el valor referidos a dedicaciones exclusivas (40 horas), semiexclusivas (20 horas), simples (10 horas) y cargos secundarios (25 horas), el valor respecto de los “Tickets Premium” a otorgar a todo el personal, según lo dispuesto en el Artículo 1º. (Art. 3° ).
Resol. Nº 1156 – R – 2005 . Dispone que, a partir del UNO (1) de enero del 2006 y hasta tanto se regularice la titularidad de la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado de esta Universidad, el Director General de Contrataciones sea el reemplazante natural del Director General de Contabilidad (Art. 1º ).
Autoriza al señor Director General de Contrataciones de la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado, Cont. Edgardo Vicente LUQUEZ (M.I. N° 6.900.623 Legajo N° 4.373), para que integre con su firma las cuentas bancarias de esta Universidad (Art. 2º).
Resol. Nº 577 – CS – 2005. Solicita al Congreso de la Nación que contemple la excepción a la norma prevista en el Artículo 54 del Proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, que sustituye el Artículo 7° de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), respecto de las economías de las Universidades Nacionales, las que constituyen el Fondo Universitario (Art. 1°).
Se remitirá copia de la presente resolución a la Cámara de Diputados de la Nación, al Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), a las Universidades Nacionales (Art. 2° ).
Ord. Nº 05 – CS – 2006. Establece, a partir del ejercicio económico-financiero 2006, las siguientes fechas para realizar reajustes de los créditos presupuestarios:
Primer reajuste: TREINTA Y UNO (31) de marzo
Segundo reajuste TREINTA Y UNO (31) de mayo
Tercer reajuste TREINTA Y UNO (31) de julio
Cuarto reajuste TREINTA (30) de septiembre
Quinto reajuste TREINTA (30) de noviembre. (Art. 1º).
Fija un plazo de hasta QUINCE (15) días previos a las fechas establecidas en el Artículo anterior, para recibir los pedidos por la Secretaría Económico-Financiera del Rectorado, de modo de poder realizar los reajustes en las fechas propuestas. (Art. 2º).
(Se expresa en los Considerandos “Que motiva dicho pedido el haber analizado su conveniencia ante la gran cantidad de modificaciones que son propuestas y el tiempo que insumen en cada reunión de Comisión o del Consejo Superior, el que podría ser destinado para el estudio, propuesta y resolución de otros problemas que normalmente se presentan”
Otro argumento “es la necesidad de producir informes de evolución de créditos de apertura, a los que se hace imprescindible incorporar las modificaciones realizadas, teniendo en cuenta la habilitación por duodécimos que habitualmente se hace”).

PROFESORES EMÉRITOS Y CONSULTOS
Estatuto Universitario: Arts. 46 y 52.
Ord. N° 72 – CS – 1994 . Aprueba Normas para la designación de Profesores Eméritos, Consultos, Honorarios, Invitados y Libres (Deroga Ord. N° 39-R-83).

PROGRAMA DE DIFUSIÓN Y TRANSFERENCIA DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO
Ord. Nº 113 – CS – 2004. Se aprueba el Programa de Difusión y Transferencia de las Actividades de Posgrado, destinado a difundir las actividades que se realizan en el ámbito de posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo. Trae Anexo con Objetivos, Actividades Programadas y Montos a Asignar.
Ord. Nº 114 – CS – 2004 . Aprueba el Programa Mejoramiento de la Calidad del Posgrado, elaborado por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado en forma conjunta con el Consejo Asesor Permanente de Posgrado de la Universidad. Se acompaña Anexo con antecedentes, Objetivos Generales y Específicos. Actividades Programadas y Montos a Asignar.

PROGRAMA DE INTEGRACIÓN
Ord. N° 4 – R – 1992 . Se establece un programa de Integración, destinado a la capacitación del personal de la Universidad en el exterior, como así para el personal de otras instituciones extranjeras que sean invitadas para los mismos fines (Art. 1º ).
Ord. N° 12 – CS – 1994 . Ratifica la Ord. N° 4–R–94 y se amplía con un agregado al Art. 7° (Autoriza al Rector a establecer los beneficiarios y pagos resultantes de la aplicación del Programa de Integración).

PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN, EL DESARROLLO, LA EXTENSIÓN, LA TRANSFERENCIA, EL ASESORAMIENTO TÉCNICO...
Ord. Nº 36 – CS –2004 . Crea en la Universidad Nacional de Cuyo un incentivo a la investigación, la innovación, el desarrollo, la extensión, la transferencia, el asesoramiento técnico, los ciclos especiales de Licenciatura o Profesorado, los programas educativos destinados a poblaciones determinadas y el Posgrado, para el personal docente y no docente que forma parte de esta Universidad, cualquiera sea la categoría o el nivel educativo en el que se desempeñe. Dicho incentivo estará destinado a premiar o estimular la participación de los agentes universitarios como parte del cumplimiento de actividades universitarias extraordinarias en equipos constituidos al efecto, en proyectos específicos, evaluables, enmarcados en el Plan Estratégico de la Universidad, limitados en el tiempo y aprobados previamente por el Consejo Superior (Art.1º ).
Resol. Nº 255 – CS – 04 . Incluye el Programa de Contención Socio-Afectiva de la Secretaría de Bienestar Universitario en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36– CS – 04 (Art. 2º ).
Resol. Nº 259 – CS – 04 . Se incluye el “Programa de Becas para la Comunidad Huarpe de Mendoza” de la Secretaría de Bienestar Universitario, en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CS-04 (Art.2º ).
Resol. Nº 344 – CS – 2004. Incluye en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CS-04, al “Ciclo de Profesorado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales”, que comprende los Profesorados en Comunicación Social, en Sociología, en Trabajo Social y en Ciencia Política y en Administración Pública”, creados por Ords. Nº 7, 9, 11 y 13 – CS – 2003 respectivamente (Art.3º ).
Resol. Nº 411 – CS – 2004. Incluye al “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, en los alcances de la Ord. Nº 36-CS-04 (Art.2º ).
Resol. Nº 428 – CS – 2004. Incluye el “Proyecto Mejoramiento y Actualización de Tecnologías para Aulas de Apoyo y Gestión” a cargo del Centro de Información y Comunicación de la Universidad Nacional de Cuyo (CICUNC), que forma parte del Plan Estratégico aprobado por Ord. Nº 84-CS-2003, en el marco del Programa de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CS-2004 (Art. 1º ).
Resol. Nº 102 – CS – 2005. Incluye en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CD-04, por la cual se creó en el ámbito de esta Casa de Estudios un incentivo a la investigación, la innovación, el desarrollo, la extensión, la transferencia y al asesoramiento técnico, entre otros, para el personal docente y no docente de esta Universidad, cualquiera sea la categoría o nivel educativo en el que se desempeñe, el Proyecto de participación de la Universidad Nacional de Cuyo en la Sociedad de Garantía Recíproca “CUYO AVAL S.G.R.”, que como Anexo I con TRES (3) hojas forma parte de la presente resolución (Art. 1º ).
Asigna al Cont. Eduardo Miguel JARDEL (M.I. N° 5.273.905), docente de la Facultad de Ciencias Económicas, en su carácter de representante de esta Universidad para que actúe en todos aquellos efectos que demande la constitución de la Sociedad de Garantía Recíproca
“CUYO AVAL – S.G.R.” y a las alternativas de funcionamiento de la misma, un incentivo de seiscientos pesos ($ 600,00) mensuales a partir del uno (1) de enero hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2005, en el marco de la Ordenanza N° 36-CS-04. (Art. 2°).
Resol. Nº 272 – CS – 2005.Incluye el “Programa de Terminalidad del Nivel Polimodal para el Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”, elaborado por docentes de la Escuela de Comercio”Martín Zapata”, dependiente de la Dirección General de Educación Polimodal del Rectorado (DiGEP), aprobado por Ord. Nº 121-CS-2004, que está a cargo de la Unidad Ejecutora de Capacitación (UEC), dependiente de la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado, en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CS-04, por los períodos 2005-2006, por un monto total de Cincuenta y Seis Mil Quinientos Siete Pesos ($ 56.507.) (Art. 1º ).
Resol. Nº 281 – CS – 2005. Incluye al Programa de Contención Socio-Afectiva 2005, que hace referencia el Art. 1º en los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ord. Nº 36-CS-04 (Art. 2º ).
Resol. Nº 332 – CS – 2005. Se incluye al Area de Vinculación y Territorialización de la Universidad , en el Programa de Incentivos aprobado por Ord. Nº 36–CS–04.

PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
Ord. Nº 086 – CS –2004. Crea en la Universidad, a través de la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado, los Programas de Investigación y Desarrollo. Cada Programa estará constituido por un conjunto de Proyectos interrelacionados que tiendan a la consecución de objetivos específicos (Art. 1º ).
Los Programas se desarrollarán en una o varias temáticas vinculadas a la Provincia de Mendoza y deberán involucrar al menos dos Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Cuyo.
Se mencionan diez (10) temas.(Art.2º ).
Los Programas serán formulados para un plazo de ejecución mínima de cuatro años y deberán incluir las siguientes actividades: Investigación y/o desarrollo, formación de Recursos Humanos, y transferencia. (Art.3º ).
(Contiene otros artículos con más información).
Resol. Nº 1065 – R – 2005. Convoca a Programas de Investigación y Desarrollo para el período 2005-2009 conforme a las normas establecidas en la Ordenanza N° 86-CS-2004. (Art.1º).
La presentación de los Programas de Investigación y Desarrollo deberá realizarse obligatoriamente en el formulario que como Anexo I forma parte de la resolución y está de acuerdo con las pautas establecidas en la Ordenanza Nº 86–CS–2004. Para facilitar el llenado del mencionado formulario se tendrá que seguir las instrucciones detalladas en el Anexo II de esta resolución (Art.2º ).
Los Programas de Investigación y Desarrollo deben prever en su presentación todas las actividades que realizarán a lo largo de los cuatro años (Art. 3°).
Se financiará sólo un programa de investigación y desarrollo por Director Coordinador con un monto máximo anual de hasta SESENTA MIL PESOS ($ 60.000.-). La modalidad de pago se definirá cada año por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado según las posibilidades económicas de la Universidad Nacional de Cuyo (Art. 4°).
La evaluación de los Programas será realizada por una Comisión Externa Multidisciplinaria de Pares Evaluadores Categorías I o II del Programa de Incentivos, conformada con al menos 50% extrarregionales. La evaluación se hará teniendo en cuenta los parámetros de la Ord. Nº 86-CS-2004 y las pautas indicadas en esta Resolución y que están consideradas en la planilla de evaluación que consta en el Anexo III. Si se presentan proyectos nuevos como parte integrante del programa, además se utilizará la planilla correspondiente que figura en el Anexo IV. El dictamen de la Comisión Evaluadora será inapelable. La Secretaría y el Consejo Asesor de Ciencia y Técnica, elaborarán el orden de mérito definitivo (Art. 5°).
Una vez aprobado el Programa de Investigación y Desarrollo se podrá convocar a becas, de acuerdo con las pautas establecidas en el Anexo V (Art. 7°).
Resol. Nº 1698 – Rect Ad Ref – 2005. Aprueba el ORDEN DE MÉRITOS presentado por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado del Rectorado, correspondiente a la CONVOCATORIA A PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO, consignado en el Anexo I de la presente Resolución que consta de DOS (2) hojas. Dicho orden de méritos está sujeto a la presentación, por parte de los coordinadores de programas y de los directores de proyectos, de una declaración jurada, a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ordenanza 86–CS–2004 (Art. 1º ).
Resol. Nº 11 – CS – 2006. Ratifica la Resolución N° 1698–R–2005, por la cual se aprueba el ORDEN DE MÉRITOS presentado por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado del Rectorado, correspondiente a la Convocatoria a Programas de Investigación y Desarrollo de la Universidad Nacional De Cuyo, sujeto a la presentación, por parte de los coordinadores de programas y de los directores de proyectos, de una declaración jurada, a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ordenanza 86–CS–2004, que como Anexo I con TRES (3) hojas forma parte de la presente resolución. (Art. 1°).

PROGRAMA DE POSGRADO EN BIOLOGIA (PROBIOL)
Resol. Nº 171 – R – 1991. Designa un Comité Organizador para evaluar los antecedentes relacionados con la creación de un Programa de Posgrado en Biología (Maestría y Doctorado). El Comité Organizador se integra con el Dr. Ramón Salvador Piezzi (Coordinador); Dr. Alfredo Juan Castro Vazquez (Delegado CRICYT); Dr. Alberto Segundo Ciccarelli (Delegado Facultad de Ciencias Médicas); Ing. Juan Bruno Cavagnaro (Facultad de Ciencias Agrarias) Art. 1º. Se otorga un plazo de 120 días para dar cumplimiento a la misión (Art.2º ).
Resol. Nº 538 – R – 1991. Designa una Comisión Consultora integrada por nueve (9) miembros para que colabore con el Comité Organizador designado por Resol. Nº 171-R-91 en la evaluación de los antecedentes relacionados con la creación de un Programa de Posgrado en Biología (Maestría y Doctorado) En el Considerando se deja referencia “que con el fin de garantizar el nivel de excelencia del citado Programa, el mencionado Comité Organizador estimó conveniente la designación de una Comisión Consultora integrada por miembros de distinguida trayectoria en la materia”
Ord. Nº 3 – CS – 1992 . Aprueba creación Posgrado en Biología (PROBIOL). Emprendimiento conjunto de la Facultad de Ciencias Médicas, Facultad de Ciencias Agrarias, Centro Regional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Mendoza (CRICyT), Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICET) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

PROGRAMA DE TERMINALIDAD DEL NIVEL POLIMODAL PARA EL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD
Resol. Nº 272 – CS – 2005
.Incluye el “Programa de Terminalidad del Nivel Polimodal para el Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”, elaborado por docentes de la Escuela de Comercio”Martín Zapata”, dependiente de la Dirección General de Educación Polimodal del Rectorado (DiGEP), aprobado por Ord. Nº 121-CS-2004, que está a cargo de la Unidad Ejecutora de Capacitación (UEC), dependiente de la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado, en los alcances del Régimen de Incentivos vigente por Ord. Nº 36-CS-04, por los períodos 2005-2006, por un monto total de Cincuenta y Seis Mil Quinientos Siete Pesos ($ 56.507.) (Art. 1º ).
Se asigna al Programa de Terminalidad del Nivel Polimodal para el Personal No Docente de la Universidad, por el año 2005, la suma de Veintiocho Mil Treinta y Nueve Pesos ($28.039.) (Art. 2º ).

PROGRAMA PROYECTOS PRIORITARIOS DE POSGRADO
Ord. Nº 72 – CS – 2004 . Aprueba el Programa Proyectos Prioritarios de Posgrado, destinados a apoyar proyectos de carreras de posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo de alto impacto y pertinencia social (Art.1º ).
Los proyectos que resulten seleccionados recibirán un subsidio, el cual será entregado en los términos y condiciones establecidos en el Anexo I de la Ordenanza (Art. 2º ).
Resol. Nº 835 – R – 2004 . Se llama a concurso para la inscripción y otorgamiento del Programa de Proyectos Prioritarios de Posgrado (Art. 1º ).
Los subsidios se otorgarán por un (1) año, pudiendo renovarse por un máximo de dos (2) años académicos, condicionada su renovación a las disposiciones normativas y presupuestarias y al cumplimiento de las obligaciones previstas (Art. 4º ).
El cupo a distribuir en este llamado asciende a la suma de Cuarenta Mil Pesos (40.000.-) (Art. 2º ).
Contiene Anexo con características, pautas y condiciones del Programa, que es el correspondiente al Anexo de la Ord. Nº 72-CS-04.
Resol. Nº 678 – R –2005. Llamar a concurso para la inscripción y otorgamiento del Programa de Proyectos Prioritarios de Posgrado, desde el SEIS (06) de junio al SEIS (06) de julio de 2005 (Art. 1º ).
El cupo presupuestario a distribuir en este llamado asciende a CUARENTA MIL PESOS ($ 40.000) (Art. 2º), y el número de proyectos subsidiados asciende a OCHO (08) con un monto de CINCO MIL PESOS ($ 5.000) por proyecto seleccionado, considerando la disponibilidad presupuestaria y las prioridades acordadas para esta convocatoria por la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado y el Consejo Asesor de Posgrado (Art.3º ).
Los subsidios se otorgarán por UN (1) año, pudiéndose renovar por un máximo de DOS (2)
años académicos, condicionada su renovación a las disposiciones normativas presupuestarias y al cumplimiento de las obligaciones previstas (Art. 4º ).

PROPIEDAD INTELECTUAL
Ord. N° 75 – R – 1950 . (Incluye como “Partes”: 1.- Iniciativas Técnicas. – ver Arts. 6°, 7°, 9° y 10° - ; 2.- De la Producción Tecnológica y Científica.; 3.- De la Producción Literaria, Artística y Musical – ver Art.22 - ; 4.- De las Iniciativas Varias, y “Parte General”).
Resol. N° 213 – R – 1953 . Hace saber a los integrantes del personal de la Universidad, que los trabajos de carácter científico, artístico e intelectual que se realicen en dependencias de la misma utilizando su material y elementos de consulta, en caso de ser publicado deberán serlo como trabajo de esta Casa de Estudios, o del Instituto dependiente, en publicaciones de la Universidad.
Ord. Nº 35 – R – 1968. Art. 9º punto d): “Cuando se origine o desarrolle un invento durante el trabajo subsidiado por la Universidad, ésta se reserva la facultad de convenir, en cada caso, su participación en los derechos emergentes de tal invención o desarrollo, con el objeto de utilizar a los mismos en la forma que mejor resulte al interés social y sin perjuicio del público reconocimiento del mérito del autor”.
Ord. Nº 20 – CS – 2005. Programa de Subsidios para la Promoción de la Investigación.
“Cuando se origine algún invento, publicación, creación y desarrollo como resultado del trabajo subsidiado por la Universidad, ésta se reserva la facultad de convenir con el investigador, en cada caso, su participación en los derechos emergentes, con el objeto de utilizarlos en la forma que mejor convenga al interés social y sin perjuicio del público reconocimiento del mérito del autor” (Art.10º ).
Establece que, “en todos los actos de divulgación de los resultados obtenidos de las investigaciones efectuadas con ayuda de la Universidad, se deberá mencionar en forma explícita el subsidio que los ha facilitado y la dependencia de los autores respecto de la U.N.Cuyo” (Art. 9º ) Deroga la Ord. Nº 35-R-68.

PROYECTO ALFA TUNING – AMERICA LATINA
Resol. Nº 802– R –2005. Aprueba el Convenio del Proyecto ALFA TUNING – AMÉRICA LATINA suscripto entre esta Universidad y la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, el cual tiene por objeto encargar a la Universidad Nacional de Cuyo la administración de los fondos, conforme a los procedimientos que se dicten oportunamente por parte de la Secretaría, para promover la cooperación a nivel de grado entre universidades de Latinoamérica y colaborar en la implementación del Proyecto Alfa Tuning América Latina, cuyo texto obra en el Anexo I de la resolución (Art. 1° ).

PROYECTO DE ARTICULACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD Y LA EDUCACIÓN POLIMODAL EN LA PROVINCIA DE MENDOZA
Resol. Nº 621 – R –2003 . Aprueba convenio de Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza (El citado convenio tiene por objeto realizar acciones conjuntas destinadas a la capacitación de docentes de los dos últimos años de las escuelas de Nivel Polimodal dependientes de la Dirección General de Escuelas, tanto en la gestión estatal como privada y de la Universidad Nacional de Cuyo, a fin de optimizar en los alumnos de este nivel educativo el desarrollo de las competencias necesarias para el ingreso a la Universidad a partir de actividades de transferencia didáctica”. Del primer Considerando)
Resol. Nº 212 – CS – 2004 . Aprueba el “Proyecto Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y el Sistema de Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza” para el año 2004, que se constituye en una continuidad del Subproyecto que fuera aprobado por Resolución Nº 94/2003 de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Acompaña Anexo I, con 18 hojas).
Resol. Nº 559 – R – 2004 . Designa “Referentes Institucionales”, “Tutoras Expertas” y Apoyo Operativo para el equipo de trabajo de “Proyecto de Articulación entre la Universidad y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza (Trae Anexo).
Resol. Nº 965 – R – 2004 . Aprueba el Acuerdo Específico por suscribirse entre esta Universidad y la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, que tiene por objeto realizar acciones conjuntas, destinadas a la capacitación de docentes de los últimos años de las escuelas de Nivel Polimodal dependiente de la Dirección General de Escuelas, tanto de gestión estatal como privada y de la Universidad Nacional de Cuyo, a fin de optimizar, en los alumnos de este nivel educativo, el desarrollo de las competencias necesarias para el ingreso a la Universidad, a partir de actividades de transferencias didácticas (Art. 1º ) Dispone de Anexo.
Resol. Nº 1046 – Vicerr. a/c – 2004 . Incluye en los alcances del Anexo I de la Resol. Nº 559-R-04 por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, a la docente Laura Villegas como Referente Institucional para la revisión, reajuste y nueva propuesta de competencias específicas en el marco del Proyecto de Articulación entre la Universidad de Cuyo y el Sistema de Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza (Art.1º ).
Ord. Nº 26 – CS – 2005. Aprueba la “ARTICULACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE CUYO Y LA EDUCACIÓN POLIMODAL DE LA PROVINCIA DE
MENDOZA – 2005”, en el marco del Programa denominado “Proyecto de Articulación Universidad – Escuela Media”, aprobado por Resolución N° 422/2004-SPU, cuyo proyecto fue presentado por Secretaría Académica del Rectorado y cuyo texto obra en el Anexo I de la presente norma que consta de TREINTA Y CUATRO (34) hojas.
Resol. Nº 533 – R – 2005. Asigna a los Coordinadores de la “Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza – 2005”, aprobada por Ordenanza N° 26-CS-2005, un estímulo por el monto total de DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS ($ 19.900.-), en el marco del Programa denominado “Proyecto de Articulación Universidad – Escuela Media”, aprobado por Resolución N° 422/2004-SPU., de acuerdo con las pautas contenidas en el Anexo I de la presente resolución (Art. 1°).
Resol. Nº 1006 – R – 2004. Asigna a las personas que se mencionan en el Anexo I de la resolución, que consta de CUATRO (4) hojas, un estímulo por el monto total de DOCE MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS ($ 12.606,00), en concepto de incentivo a docentes responsables del Proyecto de Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza aprobado por Resolución N° 212/2004-C.S., en el marco del Régimen de Incentivos previsto en la Ordenanza N° 36/2004-C.S., por el mes de octubre de 2004 (Art. 1º ).
Resol. Nº 1042 – R – 2005. Asigna las funciones de Tutores Regionales, en el marco de la “Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza – 2005”, aprobada por Ordenanza N° 26-CS-2005, dentro de los alcances del Programa denominado “Proyecto de Articulación Universidad – Escuela Media”, aprobado por Resolución N° 422/2004-SPU., a los docentes mencionados en el Anexo I de la resolución (Art. 1°).
Resol. Nº 1138 – R –2005. Asigna a los docentes que integrarán el equipo de trabajo con funciones de Tutores Expertos, Tutores Expertos en Competencias Básicas y Referentes Institucionales, en el marco de la “Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza – 2005”, aprobada por Ordenanza N° 26-CS-2005, un estímulo por el monto total de SIETE MIL CIEN PESOS ($ 7.100.-), en concepto de incentivo, en el marco de la Ordenanza N° 36-CS-2004, dentro de los alcances del Programa denominado “Proyecto de Articulación Universidad – Escuela Media”, aprobado por Resolución N° 422/2004-SPU., de acuerdo con las pautas contenidas en el Anexo I de la presente resolución, que consta de SEIS (6) hojas (Art. 1°).
Resol. Nº 1191 – R – 2004. Asigna a las personas que se mencionan en el Anexo I de la resolución que consta de DOS (2) hojas, un estímulo por el monto total de CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS ($ 4.790,00), en concepto de incentivo a docentes responsables del Proyecto de Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza aprobado por Resolución N° 212/2004- C.S., en el marco del Régimen de Incentivos previsto en la Ordenanza N° 36–CS–2 2004, por el mes de diciembre de 2004 (Art. 1º ).
Resol. N° 1474 – R – 2005. Asigna a docentes que integrarán el equipo de trabajo con funciones de colaboradores en la elaboración de material y de Didactas Especialistas en la “Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza – 2005”, aprobada por Ordenanza N° 26-CS-2005, un estímulo por el monto total de CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 5.650.-), en concepto de incentivo, en el marco de la Ordenanza N° 36-CS-2004, dentro de los alcances del Programa denominado “Proyecto de Articulación Universidad – Escuela Media”, aprobado por Resolución N° 422/2004-SPU, de acuerdo con las pautas contenidas en el Anexo I de la presente resolución (Art. 1° ).
Resol. N° 1477 – R – 2005. Asigna a los docentes que integrarán el equipo de trabajo con
funciones de Tutores Expertos en Competencias Básicas y Específicas y de Referentes Institucionales en la “Articulación entre la Universidad Nacional de Cuyo y la Educación Polimodal de la Provincia de Mendoza – 2005”, aprobada por Ordenanza N° 26–CS–2005, un estímulo por el monto total de OCHOCIENTOS DIEZ PESOS ($ 810.-), en concepto de incentivo, en el marco de la Ordenanza N° 36–CS–2004, dentro de los alcances del Programa denominado “Proyecto de Articulación Universidad – Escuela Media”, aprobado por Resolución N° 422/2004-SPU, de acuerdo con las pautas contenidas en el Anexo I de la resolución (Art. 1°).

PROYECTO DE DETECCIÓN, APOYO Y SEGUIMIENTO DE ALUMNOS EN SITUACIÓN DE RIESGO ACADÉMCO
Ord. Nº 70 – CS – 2004. Aprueba el Proyecto de Detección, Apoyo y Seguimiento de Alumnos en Situación de Riesgo Académico, elevado por las Secretarías Académica y de Bienestar Universitario del Rectorado, cuyos antecedentes obran en Anexo I (Art. 1º ).
Se autoriza la disponibilidad de la suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS ($13.500) para hacer frente al pago de las becas y sus correspondientes seguros a favor de los alumnos que colaborarán en el Proyecto (Art.2º ).
Conforma el Comité que entenderá en la selección de alumnos becarios:
· Secretario/Director/Encargado de Asuntos Estudiantiles:
· Un representante del Centro de Estudiantes;
· Un representante del Servicio de Apoyo Pedagógico y Orientación al Estudiante (SAPOE) o de la Secretaría Académica de la Facultad.
·Un representante de la Secretaría de Bienestar Universitario. (Art.3º ).
Resol. Nº 532 – CS – 2005. Encomienda a las Secretarías Académica y de Bienestar Universitario del Rectorado, la conformación de una Comisión con los responsables de cada Unidad Académica, del Proyecto denominado: “Detección, Apoyo y Seguimiento de Alumnos en Situación de Riesgo Académico”, para realizar una evaluación en conjunto del informe objeto de las presentes actuaciones (Art. 1°).
Sugiere, que los resultados alcanzados a la fecha del Proyecto, sean reenviados a cada Unidad Académica interviniente y que las comisiones respectivas propongan acciones concretas para superar los problemas detectados, y con éstas se elabore un nuevo proyecto. (Art. 2°).
Resol. Nº 1153 – R –2004 . Autoriza la entrega de Pesos Doce Mil ($ 12.000.-) con cargo de rendir cuentas, para hacer frente al pago de las becas del Programa de Detección, Apoyo y Seguimiento de Alumnos en situación de Riesgo Académico, aprobado por Ord. Nº 70-CS-2004, a favor de los Decanos de Unidades Académicas de esta Casa de Estudios, como personas Responsables de administrar los fondos destinados a los alumnos beneficiarios del Proyecto, conforme a detalle que se explicita (Art.1º ).

PROYECTO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
Ord. Nº 26 – CS – 2003 . Aprueba el Proyecto de Gestión Presupuestaria y Control de Gestión para la Universidad Nacional de Cuyo, cuya Consultoría y Aplicación estará a cargo de la Fundación de la Universidad (FUNC) (Art. 1º ). Trae Anexo.
Resol. Nº 213 – VR – 2004. Aprueba la continuidad de las acciones propuestas por la FUNC para el Proyecto de Gestión Presupuestaria y Control de Gestión para el año 2004. (Art. 1º ).Trae Anexo.
Resol. Nº 1302 – R – 2005. Da por autorizada la transferencia de SEIS MIL PESOS ($ 6.000,00), a favor de la Fundación Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), para hacer frente al segundo informe del estado de avance del “Proyecto de Gestión Presupuestaria y Control de Gestión” correspondiente al año 2005, aprobado por Ordenanza N° 26–CS–03 (Art. 1°).
Resol. Nº 1303 – R –2005 . Autoriza la transferencia de OCHO MIL PESOS ($ 8.000,00), a favor de la Fundación Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), para hacer frente al tercer informe del estado de avance del “Proyecto de Gestión Presupuestaria y Control de Gestión” correspondiente al año 2005, aprobado por Ordenanza N° 26–CS–2003 (Art.1° ).
Resol. N° 1519 – R – 2005. Autoriza la transferencia, a favor de la Fundación de la Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), de la suma total de Pesos Diez Mil ($10.000.-), con motivo de haberse presentado el cuarto informe de avance del año 2005 del Proyecto de Investigación Aplicado, Gestión Presupuestaria y Control de Gestión aprobado por Ordenanza N° 26-CS-2003, a fin de dar cumplimiento al cronograma de pagos oportunamente acordado.
Resol. Nº 109 – R – 2006. Asigna un subsidio por la suma de NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 9.600), a favor de la Fundación Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), en concepto de ayuda económica a las actividades que la Fundación realiza en apoyo al Equipo Asesor de Presupuesto del Proyecto “Gestión Presupuestaria y Control de Ejecución”, aprobado mediante Ordenanza N° 26–CS–2003. (Art. 1° ).
La Fundación Universidad Nacional de Cuyo (FUNC) deberá presentar el correspondiente informe de avance de la actividad desarrollada en función del presente subsidio (Art. 2° ).
Resol. Nº 270 – R – 2006. Asigna un subsidio por la suma de OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTE PESOS ($ 8.220,00) a favor de la Fundación de la Universidad Nacional de Cuyo (FUNC), en concepto de ayuda económica a las actividades que la misma realiza en apoyo al “Proyecto de Gestión Presupuestaria y Control de Gestión” para esta Casa de Estudios , aprobado por Ordenanza Nº 26–CS–2003 (Art. 1°).
La Fundación Universidad Nacional de Cuyo (FUNC) deberá presentar el correspondiente informe de avance de la actividad desarrollada en función del presente subsidio (Art. 2º ).

PROYECTO DURACIÓN REAL DE LAS CARRERAS DE LA UNIVERSIDAD
Resol. Nº 454 – CS –2005. Avala y aprueba el Proyecto “Duración Real de las Carreras de la Universidad Nacional de Cuyo. Una Aproximación a la Definición de Créditos Académicos”, elaborado por Secretaría Académica del Rectorado, en conjunto con un equipo de docentes investigadores pertenecientes a las distintas Unidades Académicas de esta Casa de Estudios, cuyo texto obra en el Anexo I de la resolución (Art. 1° ).
Resol. Nº 1630 – R – 2005. Asigna a favor de personal docente, un incentivo por el monto total de CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 5.600.-), con motivo de prestar colaboración en el Proyecto de: “Duración Real de las Carreras de la Universidad Nacional de Cuyo. Una aproximación a la definición de créditos académicos”, aprobado por Resolución N° 454–CS–2005, dentro del Programa de Desarrollo Institucional de esta Casa de Estudios y en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–CS– 004, de acuerdo con las pautas contenidas en el Anexo I con UNA (1) hoja, que forma parte de la presente resolución (Art. 1°).

PROYECTO NUEVOS MODELOS INSTITUCIONALES PARA LA MEJORA CONTINUA, LA SOLIDEZ PEDAGÓGICA Y LA RESIGNIFICACIÓN DE LA ESCUELA EN LA COMUNIDAD
Resol. Nº 415 – CS – 2005. Toma conocimiento y aprueba la ejecución del Proyecto NUEVOS MODELOS INSTITUCIONALES PARA LA MEJORA CONTINUA, LA SOLIDEZ PEDAGÓGICA Y LA RESIGNIFICACIÓN DE LA ESCUELA EN LA COMUNIDAD, elaborado por Secretaría Académica del Rectorado, cuyas escuelas destinatarias son establecimientos educativos de la Provincia de Mendoza, convocado por la Subsecretaría de Educación dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y aprobado por Resolución Nº 112/2005 del citado Ministerio, en el marco del
Programa de Mejoramiento de la Escuela Media, que como Anexo I, con CINCUENTA (50) hojas, forma parte de la presente resolución (Art.1° ).
Resol. Nº 1389 – R – 2005. Asigna a la Secretaria Académica del Rectorado, Mgter. Estela María ZALBA (M.I. N° 11.091.784 – Legajo N° 20.402), la suma de SEIS MIL PESOS ($ 6.000.-), con cargo de rendir cuentas a abril de 2006, destinada a afrontar gastos relativos a la implementación del “PROYECTO NUEVOS MODELOS INSTITUCIONALES PARA LA MEJORA CONTINUA, LA SOLIDEZ PEDAGÓGICA Y LA RESIGNIFICACIÓN DE LA ESCUELA EN LA COMUNIDAD”, aprobado por Resolución N° 415–CS–2005 y por Resolución N° 112/2005 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, aplicado en las cinco escuelas del nivel Polimodal participantes (Art. 1° ).

PROYECTO PEDAGÓGICO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CON MODALIDAD A DISTANCIA PARA TERMINALIDAD DE ESTUDIOS DE EGB Y EDUCACIÓN POLIMODAL (EDITEP)
Resol. N° 1105 – R – 2003 .Aprueba el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, orientado a la población con efectiva prestación de servicio policial, elaborado por Secretaría Académica del Rectorado (Art. 1º ). Trae Anexo.
Resol. Nº 808 – R –2004 . Autoriza la transferencia del Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP), desde la Secretaría Académica del Rectorado a la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado, con el objeto de que esta última sea la responsable de su implementación, seguimiento y evaluación (Art.1º ).
El Servicio de Educación a Distancia deberá articular sus acciones con la Secretaría de Extensión Universitaria en función de la modalidad del Proyecto (Art. 3º ).
Resol. Nº 938 – R – 2004 . Aprueba la nómina de profesionales que intervienen en el Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP), para el Personal Policial de la Provincia de Mendoza, aprobado por Resol. Nº 1105 – R –2003 (Art. 1º ).
Resol. Nº 411 – CS – 2004. Aprueba el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, dependiente de la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado, según lo dispuesto por Resolución Nº 808-R-04, cuyas pautas se encuentran contenidas en la Resolución Nº 1105-R-03 (Art. 1º ) Contiene Anexo.
Se incluye al Proyecto aprobado en los alcances de la Ord. Nº 36-CS-04 (Art. 2º ).
Resol. Nº 501 – R – 2005. Asigna a favor del personal universitario que se indica, un incentivo por el monto total de TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 3.350.-), correspondiente al mes de total abril de 2005, con motivo de prestar colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, para el personal policial de la Provincia de Mendoza, aprobado por Resolución N° 1105–R–2003, y en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–R–2004, por los montos que a continuación y en cada caso se indican (Art. 1º ).
Resol. Nº 655 – R – 2005. Asigna a favor de personal universitario un incentivo por el monto total de DIECIOCHO MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS ($ 18.125,00), correspondiente al mes de mayo de 2005, con motivo de prestar colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, para el personal policial de la Provincia de Mendoza, aprobado por Resolución N°411 – CS – 04, y en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36 –CS – 2004, por los montos que se indican en el Anexo I con UNA (1) hoja, que forma parte de la resolución (Art. 1º ).
Resol. Nº 903 – R – 2005. Autoriza la entrega a favor de personal universitario, en concepto de incentivo, por el monto total de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 18.950.-), correspondiente al mes de julio de 2005, con motivo de prestar colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, para el personal policial de la Provincia de Mendoza, cuyas pautas fueron aprobadas por Resolución N° 1105–R–2003 y su implementación dispuesta por Resolución Nº 411–CS–2004, en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–CS–2004, por los importes que a continuación y en cada caso se indican en la norma (Art. 1° ).
Resol. Nº 1040 – R – 2005. Autoriza la transferencia, a favor de la Editorial de la Universidad Nacional de Cuyo (EDIUNC), por el monto total de CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 55.000.-), para la impresión de ocho libros destinados al “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)” (Art.1° ).
Resol. Nº 1124 – R – 2005. Asigna a favor del siguiente personal universitario un incentivo por el monto total de TRES MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 3.400.-), correspondiente al mes de septiembre de 2005, con motivo de prestar colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, dependiente de la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado, aprobado por Resolución N° 411–CS–2004, y en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–CS–2004, por los montos que en cada caso se indican, conforme al detalle obrante en el Anexo I de la norma (Art. 1° ).
Resol. Nº 1551 – Vice Rect AC – 2005. Asigna un incentivo por el monto total de ONCE MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 11.400.-), correspondiente al mes de noviembre de 2005, a favor del personal universitario que prestó colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, para el personal policial de la Provincia de Mendoza, cuyas pautas fueron aprobadas por Resolución N° 1105–R–2003 y su implementación dispuesta por Resolución Nº 411–CS–2004, en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–CS–2004, conforme con el detalle que obra en el Anexo I que con dos (2) hojas forma parte de la resolución (Art.1°) Resol. Nº 112 – R – 2006. Asigna un incentivo por el monto total de CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 4.850), correspondiente al mes de febrero de 2006, a favor del personal universitario que prestó colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, para el personal policial de la Provincia de Mendoza, cuyas pautas fueron aprobadas por Resolución N° 1105–R–2003 y su implementación dispuesta por Resolución Nº 411–CS–22004, en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–CS–2004, conforme con el detalle que obra en el Anexo I que con UNA (1) hoja forma parte de la presente resolución (Art. 1°).
Resol. Nº 259 – R – 2006. Asigna un incentivo por el monto total de UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 1.650), correspondiente al mes de marzo de 2006, a favor del personal universitario que prestó colaboración en el “Proyecto Pedagógico de Investigación y Desarrollo con Modalidad a Distancia, para la Terminalidad de Estudios de EGB y Educación Polimodal (EDITEP)”, para el personal policial de la Provincia de Mendoza, cuyas pautas fueron aprobadas por Resolución N° 1105–R–2003 y su implementación dispuesta por Resolución Nº 411–CS–2004, en el marco de los alcances del Régimen de Incentivos, vigente por Ordenanza N° 36–CS–2004, conforme con el detalle que obra en el Anexo I que con UNA (1) hoja forma parte de la presente resolución (Art. 1° ).

PROYECTO SEGUIMIENTO DE LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS GRADUADOS
Resol. Nº 391 – CS – 2005. Toma conocimiento del INFORME FINAL de la Primera Parte del SEGUIMIENTO DE LA INSERCIÓN LABORAL Y EL DESEMPEÑO PROFESIONAL DE LOS GRADUADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO (2003 – 2004), elaborado por Secretaría Académica del Rectorado (Art. 1° ).
Encomienda a la Secretaría Académica para difundir el Informe Final referido en el Artículo precedente (Art. 2º).
Resol. Nº 503 – CS – 2005. Aprueba el Proyecto “SEGUIMIENTO DE LA INSERCIÓN LABORAL Y DEL DESEMPEÑO PROFESIONAL DE LOS GRADUADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO. 2ª ETAPA”, elaborado por Secretaría Académica del Rectorado. Acompaña Anexos I y II. (Art. 1°).
(En los considerandos se menciona que “este proyecto representa la continuación del proyecto homónimo desarrollado durante los años 2003-2004, y el objetivo general es profundizar y ampliar el seguimiento de la inserción laboral y del desempeño profesional de los graduados de un conjunto de carreras de esta Universidad en el mercado laboral de la Provincia de Mendoza”).
Resol. Nº 1647 – R – 2005. Asigna incentivos por el monto total de Pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500.) a favor de docentes de esta Casa de Estudios que se desempeñan como investigadores en el “Proyecto de Seguimiento de la Inserción Laboral y del desempeño profesional de los Graduados de la UNCU – 2ª. Etapa”, en el marco de la Resol. Nº 503–CS–2005, según las pautas contenidas en el Anexo I de la presente resolución (Art. 1º).

PROYECTO SEGUIMIENTO DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS
Resol. Nº 222 – CS – 2004. Aprueba el Proyecto presentado por Secretaría Académica del Rectorado denominado “Seguimiento del Rendimiento Académico de los Alumnos: Causas del Alargamiento de los Estudios en la Universidad Nacional de Cuyo. Un estudio de Carreras de siete (7) Unidades Académicas: Artes y Diseño, Ciencias Económicas, Ciencias Médicas, Ciencias Políticas y Sociales, Derecho, Ingeniería y Filosofía y Letras” (Art. 1º ) .
Contiene Anexo con 16 hojas.
“En la medida que se vayan poniendo en marcha los objetivos, instrumentos y metodología de trabajo, deberán remitirse a las otras unidades académicas” (Art.2º ).
Resol. N° 766 – R – 2004. Se asigna la Dra. Miriam Teresita APARICIO (M.I. N° 6.704.565 – Legajo N° 15.264), la Dirección del Proyecto de “Seguimiento del rendimiento académico de los alumnos: Causas del Alargamiento de los Estudios en la Universidad Nacional de Cuyo”, aprobado por Resolución N° 222–CS–2004 (Art. 1º ).
Resol. Nº 1395 – R – 2005. Asigna la suma de CINCO MIL PESOS ($ 5.000,00), en concepto de incentivo por los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2005, a razón de UN MIL PESOS ($ 1.000,00) mensuales, a favor de la Dra. Miriam Teresita APARICIO (M.I. N° 6.704.565 – Legajo N° 15.264), responsable de la Dirección del Proyecto de “Seguimiento del rendimiento académico de los alumnos: Causas del Alargamiento de los Estudios en la Universidad Nacional de Cuyo”, aprobado por Resolución N° 222–CS–2004 (Art. 1º ).